El TSJA rechaza la recusación del tribunal del caso Marta del Castillo

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado la recusación del tribunal que debe dictar una nueva sentencia sobre la absolución de Samuel Benítez, acusado de encubrir el crimen de Marta del Castillo, y ha impuesto a los padres de la víctima el pago de las costas judiciales.

Sevilla, 23 abr.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado la recusación del tribunal que debe dictar una nueva sentencia sobre la absolución de Samuel Benítez, acusado de encubrir el crimen de Marta del Castillo, y ha impuesto a los padres de la víctima el pago de las costas judiciales.

La Sala Especial de Recusaciones del TSJA, en un auto al que ha tenido acceso Efe, dice que la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla no ha perdido la imparcialidad necesaria para dictar la nueva sentencia y añade que aceptar ahora su recusación vulneraría el derecho de Samuel Benítez al juez natural predeterminado por la ley.

El Tribunal Supremo, en la sentencia de febrero pasado que confirmó los veinte años de cárcel impuestos al asesino de Marta, Miguel Carcaño, ordenó a la Audiencia de Sevilla emitir una nueva resolución solo para explicar la absolución de Benítez de haber participado en la operación para ocultar el cadáver, el 24 de enero de 2009, y para concretar el horario de traslado del cuerpo desde el piso de la calle León XIII a un lugar desconocido.

Según el TSJA, debe ser el mismo tribunal quien dicte la nueva sentencia porque sus tres magistrados no intervinieron en la instrucción previa de la causa y son "plenamente competentes" para pronunciarse, en una decisión que además podrá ser a su vez objeto de recurso.

Recuerda el TSJA que el propio Tribunal Supremo "rechazó expresamente la solicitud de declarar la nulidad del acto del juicio" celebrado en Sevilla y ordenar su repetición, por lo que estimar ahora la recusación del tribunal obligaría a pronunciarse a otros magistrados "con un material probatorio cuya práctica no han presenciado".

"No es eso lo que ha fallado el Supremo", dice el TSJA, sino que el alto tribunal decretó que el juicio celebrado en Sevilla "fue plenamente válido", y por eso apartar ahora al tribunal del conocimiento de la causa "sería tanto como alterar el contenido de la sentencia del Tribunal Supremo".

Al desestimar la petición de los padres de Marta, el TSJA les impone el pago de las costas judiciales según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los padres consideraron que la Sección Séptima, que absolvió a los tres presuntos cómplices de Carcaño -su amigo Samuel Benítez, su hermano Francisco Javier Delgado y la novia de éste, María García- está "contaminado" y no puede dictar la nueva sentencia que le ha ordenado el Supremo, en la que debe explicar la absolución de Samuel con "libertad de criterio" pero también con "respeto a las leyes de la lógica".

Tanto la Fiscalía de Sevilla como el abogado de Samuel y la propia Sección Séptima se opusieron a la recusación al entender que el tribunal no está contaminado para emitir la sentencia ampliatoria.

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