Eta. España no podrá volver a pedir la extradición de cubillas si venezuela la deniega


El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco deberá tener en cuenta un factor determinante a la hora de decidir si atiende ahora la petición de la Fiscalía y reclama la extradición del etarra Arturo Cubillas: si cursa ahora la solicitud y Venezuela la deniega, España no podrá volver a reclamar la entrega del terrorista.
El artículo 20 del Tratado de Extradición entre Venezuela y España señala que “negada la extradición de una persona, por razones que no sean meros defectos formales, la parte requirente no podrá formular a la parte requerida una nueva solicitud de extradición por el mismo hecho”.
En el caso de Cubillas, esto significa que si se pide ahora la extradición y Venezuela la rechaza, España no podrá volver a pedir la entrega del etarra en el futuro, aunque la investigación revele nuevos y más sólidos indicios contra él.
A la espera de tomar esta decisión, Velasco acordó hoy dar traslado de la petición de la Fiscalía a las demás partes personadas en la causa para que expresen sus alegaciones, según explicaron fuentes jurídicas. El juez no tomará una decisión sobre la extradición de Cubillas hasta que no reciba los informes solicitados.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitó ayer al juez que reclame a Venezuela la extradición de Cubillas, funcionario del Gobierno de Hugo Chávez, acusado de dar cobertura a los miembros de la banda terrorista que supuestamente se desplazan al país sudamericano para recibir adiestramiento militar. “La nacionalidad venezolana del reclamado no es un obstáculo para la concesión de la extradición”, señalaba el escrito del Ministerio Público.
La Fiscalía señalaba además que los delitos por los que es reclamado Cubillas -tenencia de explosivos, colaboración con banda armada (por las FARC) y conspiración para cometer homicidios terroristas- “son susceptibles de extradición, sin que puedan ser considerados delitos políticos”.
NACIONALIDAD VENEZOLANA
Tanto la Constitución de Venezuela como el propio Tratado de Extradición, en su artículo 8.1, indican que se puede denegar la extradición en el caso de que el reclamado tenga nacionalidad venezolana.
Aún así, el artículo 8.2 del citado tratado señala que, en caso de rechazar la extradición por motivos de nacionalidad, Venezuela podría “someter el asunto a las autoridades competentes a fin de que pueda procederse judicialmente” contra Cubillas. Es decir, el etarra podría ser investigado y juzgado en el país sudamericano por los delitos y hechos que se le imputan en la Audiencia Nacional.
En este supuesto, España debería enviar a Venezuela, “gratuitamente” y por vía diplomática, “los documentos, informaciones y objetos relativos al delito”.
En este sentido, fuentes de la Fiscalía de la Audiencia Nacional explicaron que si se demostrase que el proceso contra Cubillas en Venezuela es “fraudulento” se podría seguir juzgando al etarra en España.
ASESINATO DE UN POLICÍA
Las fuentes fiscales consultadas destacaron también que, además de la causa abierta contra Cubillas por su presunta participación en el entrenamiento de terroristas en Venezuela y por su supuesta colaboración con las FARC, el etarra está procesado en la Audiencia Nacional por su participación en el asesinato en 1985 de Ángel Facal Soto.
Cubillas fue procesado en 1985 por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional por su presunta participación en este asesinato. En diciembre de ese año el etarra fue declarado en rebeldía.
Cubillas está acusado en esta causa de facilitar a su compañera del “comando Oker” Idoia López Riaño, alias “La Tigresa”, la información que permitió el asesinato de Facal, a quien la banda terrorista considerada traficante de drogas. El asesinato tuvo lugar en Pasajes de San Pedro (Guipúzcoa) el 26 de febrero de 1985.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional va a revisar la documentación relativa a esta causa para determinar si ha habido alguna actuación judicial que haya podido interrumpir la prescripción de este asesinato, fijado en un principio en 20 años.
De demostrarse que esta causa todavía no ha prescrito, España podría también reclamar a Venezuela la extradición de Cubillas por su presunta participación en el asesinato de Facal. Esta solicitud de extradición se cursaría de forma independiente, sin que este proceso se viera afectado por la petición de entrega del juzgado de Velasco.
Cubillas también está acusado de haber participado, entre otras acciones del “comando Oker”, en el asesinato del ciudadano francés Joseph Couchot, cometido el 16 de noviembre de 1984 en Irún; y en el del policía nacional Máximo García Kleinte, perpetrado en San Sebastián el 15 de mayo de 1985.
Las fuentes fiscales consultadas aseguraron que estas dos causas ya han sido declaradas prescritas, por lo que España no podría reclamar la extradición de Cubillas en base a estos presuntos delitos.

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