Eta. La an condena a seis años de prisión a 15 “borrokos” de san sebastián


La Audiencia Nacional ha condenado a seis años de cárcel a 15 jóvenes de San Sebastián a los que considera miembros de la organización ilegal Segi y a los que atribuye una multitud de ataques y atentados de “kale borroka” en la ciudad guipuzcoana.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha encontrado a los 15 jóvenes culpables de un delito de integración en organización terrorista.
Los condenados a seis años de prisión son Ekaitz de Íbero, Pello María Lamarca, Mikel Arretxe, Unai Pérez, Egoi Alberdi, Oier Lorente, Adur Fernández, Aitor Olaizola, Asier Mariezcurrena, Imanol Alder Vicente, Nahikari Otaegi, Urko Picaza, Beñat Apalategi, Igor Álvarez y Ekaitz Ezquerra.
El tribunal, presidido por Ángel Hurtado, ha decidido en cambio absolver por falta de pruebas a dos acusados, según consta en la sentencia hecha pública hoy, de 50 folios. El fiscal había pedido para los 17 procesados, que habían sido detenidos en una operación desarrollada entre los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2007, una pena de ocho años de prisión.
La Audiencia Nacional considera probado que los 15 condenados, “al menos desde el año 2005, integraban diferentes ‘taldes’ en San Sebastián de la organización Segi”, distribuyéndose por los distintos barrios de la ciudad. Segi fue declarada ilegal por el Tribunal Supremo en enero de 2007.
Entre sus actividades estaban la de participar “en diferentes actuaciones de violencia callejera” tales como “el volcado e incendio de contenedores y autobuses, cortes de tráfico, corte de vías férreas, enfrentamientos y lanzamientos de objetos contra la Ertzaintza o contra edificios oficiales”.
El objetivo de esta acciones era incidir en la seguridad ciudadana y crear “un clima de amedrantamiento entre la población”. Entre los actos de “kale borroka” destacan los atentados contra empresas relacionadas con la construcción del Tren de Alta Velocidad en el País Vasco y los ataques y quemas de autobuses en solidaridad con el etarra Iñaki de Juana.
DECLARACIÓN INCRIMINATORIA
Además de las declaraciones que prestaron estas 15 personas tras ser detenidas, en las que casi todos reconocieron haber participado en distintas acciones de “kale borroka”, la sentencia hecha pública hoy destaca que en sus respectivos domicilios se halló diverso material que los relaciona con Segi y con la violencia callejera.
La declaración más sustanciosa fue la prestada por Ekaitz de Íbero, quien ante los agentes de la Policía Nacional tras ser arrestado incriminó a un gran número de sus compañeros de banquillo tanto en la estructura de Segi como en acciones de “kale borroka”.
Las palabras de De Íbero, que llegó a ratificar su declaración policial ante el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska, que instruyó la causa, han servido al tribunal de la Sección Segunda para fundamentar las condenas de los 15 miembros de Segi.
DOS ABSOLUCIONES
Los magistados de la Sección Segunda han decidido en cambio absolver a los acusados Imanol Igal y Breogan Fernández. El tribunal considera que en ambos casos no existen pruebas suficientes para condenarles ya que, a pesar de que varios de los condenados habían asegurado en sus declaraciones ante la policía que Igal y Fernández eran miembros de Segi y que habían participado en acciones de “kale borroka”, en sus respectivos domicilios no se encontró ningún tipo de material que pudiera incriminarles.
Por lo tanto, el tribunal no puede corroborar con pruebas externas las declaraciones que inculparon a Igal y Fernández, por lo que, en aplicación de las doctrinas del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, han decidido absolverlos.

Mostrar comentarios