Fiscal recurre decisión Velasco continuar investigación asesinato Ellacuría

  • La Fiscalía ha recurrido la decisión del juez Eloy Velasco de continuar la investigación sobre el asesinato en El Salvador en 1989 de 5 jesuitas españoles, entre ellos Ignacio Ellacuría, al entender que es la Sala de lo Penal la que debe decidir si procede el archivo, seguir con el procedimiento o poner recurso de inconstitucionalidad a la ley de justicia universal.

Madrid, 2 abr.- La Fiscalía ha recurrido la decisión del juez Eloy Velasco de continuar la investigación sobre el asesinato en El Salvador en 1989 de 5 jesuitas españoles, entre ellos Ignacio Ellacuría, al entender que es la Sala de lo Penal la que debe decidir si procede el archivo, seguir con el procedimiento o poner recurso de inconstitucionalidad a la ley de justicia universal.

En su recurso de reforma, el fiscal Pedro Martínez Torrijos discrepa de la decisión de Velasco de mantener la acusación por terrorismo a veinte militares salvadoreños y retirarles la de lesa humanidad, atendiendo a que la reforma de la justicia universal estipula que un juez español solo puede investigar este último delito cuando los imputados sean españoles o residentes en España.

Por ello, pide al juez que revoque el auto dictado el pasado 31 de marzo "en lo relativo a dejar sin efecto el procesamiento por delito de lesa humanidad" y acuerde la conclusión de sumario para elevarlo a la Sala de lo Penal.

Según Martínez Torrijos, corresponde a la Sala, y no al juez, ser la que "resuelva lo procedente" acerca de si cabe el archivo, tal y como establece la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre la justicia universal, o si procede la continuación del procedimiento por parte del instructor si se cumplen los requisitos de la nueva ley o si debe abrirse "la vía de la cuestión de inconstitucionalidad si se dan las condiciones para ello".

La Fiscalía, como ya ha hecho en el caso del asesinato del cámara José Couso o el sumario contra exdirigentes chinos por delitos de genocidio y lesa humanidad en el Tíbet, entiende que la resolución recurrida "no se ajusta a derecho por falta de competencia funcional del instructor para dictarla", porque al tratarse de un sumario corresponde a la Sala de lo Penal "resolver sobre la idoneidad del sobreseimiento" que reclama la reforma.

"Nos encontramos ante una resolución que vulnera las normas de competencia funcional y sustrae a su superior jerárquico, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el conocimiento de una cuestión para la que tiene asignada legalmente y de forma excluyente la competencia", insiste.

Si bien el fiscal dice compartir la valoración del juez de "la posible incongruencia que genera la reforma", que dispone dictar primero el archivo de la causa hasta que se acrediten los requisitos que establece la nueva ley, "ello no implica que el instructor acierte cuando se erige en el órgano competente para resolver el examen de la jurisdicción planteado por la reforma".

Sin embargo, para Velasco, según señalaba en su auto, el único que puede decidir si continuar con la causa es el juez de instrucción, y en este caso faltan indagatorias por practicar y están pendientes reclamaciones internacionales de varios procesados, que impiden acordar la conclusión sumarial.

Cumpliendo con la reforma, el juez decidió no obstante elevar este asunto a la Sala Segunda del Tribunal Supremo para que determine si el juicio celebrado en El Salvador por estos hechos fue un fraude de ley, tal y como cree Velasco, con lo que no se consideraría que no han sido investigados.

Los hechos ocurrieron el 16 de noviembre de 1989, cuando un grupo de soldados del Ejército salvadoreño entró en la UCA y mató a los seis sacerdotes jesuitas, cinco de ellos españoles y uno del país centroamericano.

En el ataque también fueron asesinadas la cocinera Elba Julia Ramos y su hija Celina, de 16 años.

El 30 de mayo de 2011, el magistrado ordenó la busca y captura de veinte militares salvadoreños por asesinatos terroristas y delito de lesa de humanidad.

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