La A. Nacional absuelve a un acusado de quemar un autobús en Bilbao en 2002

  • La Audiencia Nacional ha absuelto a Iñaki Bengoa San Miguel, acusado de participar en la quema de un autobús en el barrio bilbaíno de Buia el 10 de febrero de 2002 y para quien la Fiscalía había pedido 10 años y nueve meses de prisión por tenencia de aparatos inflamables y daños terroristas.

Madrid, 6 mar.- La Audiencia Nacional ha absuelto a Iñaki Bengoa San Miguel, acusado de participar en la quema de un autobús en el barrio bilbaíno de Buia el 10 de febrero de 2002 y para quien la Fiscalía había pedido 10 años y nueve meses de prisión por tenencia de aparatos inflamables y daños terroristas.

Así lo ha acordado la sección cuarta de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia en la que considera probado que sobre las 22.25 horas del citado día, el conductor de un autobús público de la empresa Bilbobus tuvo que detenerse ante la presencia de un ciclomotor tirado en el suelo y una persona en posición fetal a su lado que "simulaba un accidente de tráfico".

En ese momento, un grupo de cinco o seis individuos encapuchados rodearon el autobús, entre ellos el que estaba tendido en la calzada y, a gritos, obligaron al conductor a abrir las puertas y a que se bajara junto con el único pasajero que transportaba en ese momento, a la vez que "propinaban golpes y pedradas" al vehículo.

Después, rociaron su interior con un líquido inflamable y le prendieron fuego lanzándole cócteles molotov, dejándolo calcinado por completo y causando daños que fueron tasados en 56.836 euros, para a continuación salir huyendo del lugar gritando "Jo ta ke irabazi arte" (Dale duro hasta ganar).

La Ertzaintza obtuvo muestras genéticas de diversos guantes y mangas de camiseta hallados en el lugar que se correspondían con el perfil de Aitor Fernández Terceño y los hermanos Unai y Naiara Mallabia Sánchez, ya condenados por estos hechos en 2005 a siete años y nueve meses de prisión.

La sentencia relata que otros restos biológicos permanecieron anónimos hasta mediados de 2010, fecha en la que la Policía Autónoma Vasca encontró en una parada de autobús una colilla tirada al suelo por Bengoa, de la que se extrajo su ADN y que resultó ser compatible con unas muestras recogidas en algunos de los efectos anteriores que aparecieron mezcladas con las de Naiara Mallabia.

Unos efectos que, según testificó el propio acusado durante el juicio celebrado el pasado 28 de febrero, procedían de la empresa dedicada al montaje de txosnas y escenarios de fiestas en la que trabajaba con la condenada y en la que los empleados, subraya el tribunal, intercambiaban "prendas y utensilios laborales" indistintamente.

Asimismo, insisten al fiscal que relacionar a Bengoa con los hechos por los seis petardos incautados en su domicilio tras su detención el 10 de noviembre del año pasado, "ocho años y nueve meses después" del ataque, "resulta forzado en exceso".

Tampoco es "proporcionado desde la perspectiva racional" culparle por otros efectos hallados, tales como pegatinas de ETA o Askatasuna, que "pueden ser indicativos de una determinada forma de pensar, pero no suponen por sí una corroboración objetiva" de su participación.

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