La audiencia nacional autoriza la extradición a brasil de un empresario que quemó a su mujer


La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha autorizada la extradición a Brasil del empresario Luis Enrique Sanfelice, reclamado por su país por haberse fugado de la cárcel en la que cumplía 19 años de condena por asesinar a su mujer, a la que quemó viva en el interior de su vehículo en el año 2004. La extradición no se hará efectiva hasta que el Consejo de Ministro dé su autorización.
Sanfelice fue detenido el pasado 4 de mayo en la localidad de Bollullos de la Mitación (Sevilla), donde reside con su actual pareja y con el hijo de ambos, en virtud de la Orden Internacional de Detención emitida por el tribunal de Nuevo Hamburgo, en el estado brasileño de Río Grande del Sur.
El reclamado fue condenado en diciembre de 2006 a 19 años y tres meses de prisión por haber quemado viva a su mujer, la periodista Beatriz Helena de Oliveira Rodríguez, el 12 de junio de 2004 (el día de los enamorados en Brasil). Sanfelice se fugó en abril de 2008 de la cárcel brasileña en la que cumplía condena aprovechando un permiso y huyó hasta España.
El asesino pidió en su comparecencia en la Audiencia Nacional que no se le extraditase a Brasil. Alegó estar establecido en la localidad de Bollullos de la Mitación (Sevilla), donde trabaja y vive con su actual esposa y su hijo, y dijo temer por su vida si vuelve a ingresar en una cárcel brasileña.
El tribunal de la Audiencia Nacional, presidido por la magistrada Teresa Palacios, desestima los argumentos de Sanfelice y autoriza su extradición a Brasil. La sentencia hecha pública hoy señala que el hecho de que Sanfelice tenga nacionalidad española no es óbice para su extradición y asegura que las vulneraciones de los derechos humanos en las cárceles brasileñas alegadas por el reclamado “no pueden reputarse como sistemáticas y generalizadas”.
Los magistrados concluyen que “la solicitud de extradición ha cumplido todos los requisitos legalmente establecidos”. En este sentido, señala que Sanfelice está reclamado por “hechos considerados como constitutivos de delito por las legislaciones de ambos países, por lo que se cumple el requisito de doble incriminación”, y señala que la pena no está prescrita, no ha sido impuesta “por un tribunal de excepción” y no tiene “carácter político ni militar”.
Sanfelice todavía tiene que cumplir más de 12 años de condena por el asesinato de su mujer.

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