La familia de la víctima del "kamikaze" pedirá su ingreso en prisión

  • La representación legal de los familiares de la víctima del conductor "kamikaze" de Valencia pedirá el próximo 2 de enero su ingreso en prisión como responsable de un delito de homicidio por el que fue condenado a 13 años de prisión, según ha informado en un comunicado.

Valencia, 30 dic.- La representación legal de los familiares de la víctima del conductor "kamikaze" de Valencia pedirá el próximo 2 de enero su ingreso en prisión como responsable de un delito de homicidio por el que fue condenado a 13 años de prisión, según ha informado en un comunicado.

Esta petición se efectuará ante la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, días después de conocerse que el Supremo anuló el indulto concedido por el Gobierno a este conductor "kamikaze" al no hallar su "lógica jurídica", ya que el Ejecutivo no especificó las razones que le llevaron a adoptar la medida de gracia.

La sentencia, que fue aprobada por la mayoría del pleno de la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal, contó con varios votos particulares, entre ellos el del primer ponente de la sentencia, Carlos Lemes -nombrado posteriormente presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Supremo-, partidario de avalar el indulto.

Tras notificarse dicha sentencia, el Gobierno dispondrá de un plazo de tres meses para que, "si a bien lo tiene", vuelva a conceder el indulto anulado mediante una resolución que señale las "razones de justicia, equidad o utilidad pública" que exige la ley de indulto de 1870.

En diciembre de 2012 el Gobierno indultó al conductor "kamikaze", que había sido condenado a 13 años de prisión por circular en sentido contrario en la AP-7 en Polinyà del Xúquer (Valencia) y causar la muerte de un joven en un accidente de tráfico.

El condenado había quedado en libertad tras pagar una multa de 4.000 euros.

La sentencia dictada por el Supremo, después de tres días consecutivos de deliberación, sostuvo que aunque el indulto es un acto discrecional del Gobierno, que no exige la motivación propia de los actos administrativos, la justicia puede controlar "el ejercicio del derecho de gracia desde la perspectiva de la interdicción de la arbitrariedad de los Poderes Públicos".

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