La Fiscalía recurre el archivo de la causa contra Francisco Camps

  • La Fiscalía ha recurrido este jueves ante elTribunal Supremo (TS) la decisión del Tribunal Superior de Justiciavalenciano (TSJCV) de archivar la parte del "caso Gürtel" que afectaal presidente de esa comunidad, Francisco Camps, al considerar queexiste un delito de cohecho.
La Fiscalía recurre el archivo de la causa contra Francisco Camps
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Europa Press
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La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo el archivo por parte del Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) de la causa por un supuesto delito de cohecho que se tramitaba contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y otros cargos del PP en dicha comunidad en relación con la trama "Gürtel".

Considera que el sobreseimiento, acordado el pasado 3 de agosto, fue prematuro porque la investigación continuaba abierta y podía aportar datos nuevos "acerca de las dádivas investigadas y los concretos actos de contratación realizados por parte de la Administración Pública valenciana a la empresa Orange Market", ligada a la red de Francisco Correa.

Según el Ministerio Público, "el elenco de figuras de cohechorecogidas en el Código Penal no permite descartar que de lasdiligencias pendientes de practicar (entre las que es de especialimportancia el examen y análisis de la documentación intervenida)resulte la alteración del delito que finalmente se impute" tanto aCamps como al resto de los inicialmente investigados: el secretariogeneral del PP valenciano, Ricardo Costa; el ex vicepresidente, VíctorCampos; y el ex jefe de gabinete de la Consejería de Turismo, RafaelBetoret.

A juicio del fiscal, el sobreseimiento libre de lasactuaciones vulneró el derecho fundamental a un proceso con todas lasgarantías, pues al no ser provisional impide reabrir la causa siaparecen datos nuevos.

Debe recordarse, según el fiscal, que esteprocedimiento deriva de una causa"enormemente compleja" -en alusión al"caso gürtel" que se investiga también por el Tribunal Superior deMadrid y el propio Supremo- y en la que se ha recogido un ingentevolumen de documentación de distintos registros, incluida la sede deOrange Market.

"No resulta ilógico" pensar que en la sede de laempresa de Correa pudieran encontrarse documentos relevantes para loshechos investigados en el procedimiento" según el fiscal, que destacael cargo de Betoret en la Agencia Valenciana de Turismo, "entidad conla que mantiene una elevada contratación -superior al millón de eurosanuales- la sociedad Orange Market".Interpretación del tiempo penal

Enotro de los motivos de su recurso, el fiscal del Tribunal Supremodefiende que el órgano valenciano realizó en este caso unainterpretación errónea del tipo penal de cohecho, puesto que, según elartículo 426 del Código, existe cohecho desde el momento en que serealiza un regalo a un funcionario público en consideración a su cargo,sin que dicha dádiva suponga la realización inmediata de ningún actoconcreto por parte de éste.

La interpretación realizada en su díapor la Sala -consideró que no había cohecho al no existir dádivainmediata- supone según el fiscal derogar tácitamente el propioartículo 426 "lo que conllevaría a la atipicidad de la admisión deregalos por funcionarios o autoridades, cualesquiera que fuera el valorde aquéllos, si no constara la realización de un acto concreto".Además, tanto la jurisprudencia como el legislador mantienen elcriterio contrario.Contrataciones

Ladecisión del TSJv perjudicó, según esta parte, al bien jurídicoprotegido, consistente en que los funcionarios ejerzan sometidosexclusivamente al imperio de la Ley, "especialmente en supuestos comoéste en el que consta acreditada una contratación superior al millón deeuros anuales entre la administración pública a la que pertenecen losimputados y las empresas de los particulares que habrían entregado lasdádivas".

Agrega que la experiencia demuestra que en muchasocasiones la dádiva no tiene por objeto una contraprestación inmediatapor parte del receptor.

"Lo que se pretende es 'poner en nómina'al beneficiario, colocándole en la situación de absoluto agradecimientoa su benefactor, de tal modo que cuando con posterioridad, en tiempoindefinido, se le pida que realice actos a favor del donante -seanestos cuales sean- aquel no tenga posibilidades físicas o morales paranegarse", explica en su escrito el fiscal Campos.Costa

Respectode Costa, la Fiscalía señala que las dádivas le pudieron ser igualmenteentregadas "en relación con la contratación entre Orange Market y esepartido", aunque debe tenerse en cuenta que también ostenta lacondición de autoridad como miembro del Parlamento valenciano.

Calificaademás el Ministerio Público de "llamativo" que el TSJV parecieraignorar en su auto las competencias del secretario general en materiade contratación en el Partido Popular. "En este sentido, la situaciónrelevante del señor Costa en el PP sería exactamente igual que la quepudiera predicarse de los señores Camps, Campos y Costa en laGeneralitat valenciana".

Los magistrados valencianos consideraronque los hechos investigados no son constitutivos de delito, aunque laresolución de agosto contó con el voto particular del juez Juan Monteroque entiende que la decisión del sobreseimiento sólo debería afectar aCosta.

El auto de archivo consideró que no existía que no hay unarelación de causalidad entre dádivas y la adjudicación de contratos aOrange Market, ya que ninguno de ellos tenía por objeto de su cargo ofunción "ninguna relación o competencia respecto de la adjudicación decontratos ofertados por la sociedad Orange Market, no constando tampocoactuación alguna favorecedora de la misma ni, en todo caso, que talesobsequios lo fueran por agradecimiento".

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