La sentencia de la Audiencia de Lugo ratifica la absolución por la muerte de una prostituta

  • Lugo.- La sentencia de la sala segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha ratificado la absolución que previamente había decretado un jurado popular para un vecino del municipio lucense de Sober, por la muerte de una mujer que ejercía la prostitución y que fue hallada muerta en una de las dependencias de su inmueble.

La acusación particular otorga "gran trascendencia" a la autoinculpación
La acusación particular otorga "gran trascendencia" a la autoinculpación

Lugo.- La sentencia de la sala segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha ratificado la absolución que previamente había decretado un jurado popular para un vecino del municipio lucense de Sober, por la muerte de una mujer que ejercía la prostitución y que fue hallada muerta en una de las dependencias de su inmueble.

En la parte dispositiva de la sentencia, a la que tuvo acceso la agencia Efe, se precisa que el veredicto de inculpabilidad decretado por el jurado popular "no deja lugar a dudas" conforme al artículo 67 de la Ley del Jurado.

En consonancia con esta situación, el magistrado ponente dice que procede el dictado de la "obligada sentencia absolutoria" del imputado con todos los efectos que lleva consigo.

Como consecuencia de la decisión del jurado, ahora ratificada por el ponente, el imputado por esta causa, José Carnero, quedó en libertad, tras haber pasado 3 años y 3 meses en prisión, como supuesto autor de la muerte de una mujer de la que demandaba servicios sexuales con cierta periodicidad.

La sentencia se ha conocido en el mismo día en que el imputado se ha confesado autor de la muerte en declaraciones que ha realizado en primer lugar a La Voz de Galicia y luego a varios medios de comunicación que se interesaron por su versión.

Según el escrito de acusación, la persona que ahora se encuentra momentáneamente en libertad había contratado los servicios de la víctima, que tenía 37 años, el 14 de septiembre de 2007, para trasladarla luego hasta su domicilio en la parroquia soberina de Arxemil.

En el mismo escrito se apuntaba que en un momento dado golpeó a la mujer en la cabeza y la cara y luego dejó el cuerpo abandonado en una cuadra anexa al inmueble y se ausentó del lugar.

A quien se le atribuían estos hechos no fue localizado hasta que pasaron 4 días, cuando sufrió un accidente y tuvo que ser evacuado a un centro hospitalario de Pontevedra, donde se procedió a su detención.

El mismo tiempo se tardó en encontrar el cuerpo de la víctima, que cuando fue descubierto presentaba la cara muy desfigurada como consecuencia de los golpes que recibió, supuestamente, con un hacha y un mazo.

Ahora, una de las letradas que representa la acusación particular en nombre de la madre de la víctima, ya ha anticipado que las declaraciones de autoinculpación son de "una gran trascendencia", que la llevan a concluir que se deben tener en cuenta en la apelación.

Mientras tanto, el letrado de la defensa, entiende que las declaraciones realizadas ahora por su patrocinado de oficio rayan "en lo absurdo y no se sostienen por sí mismas".

"Habrá que valorarlas en su conjunto y ver de qué forma, en qué circunstancias y en qué condiciones fueron realizadas para emitir un juicio de valor", subrayó.

Quiso dejar claro que la confesión que se ha de tener en cuenta es la que se presta en el acto del juicio y concretó que los posibles recursos han de ser contra la sentencia, pero no al veredicto.

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