Los países de UE apoyan acuerdo con Eurocámara para atajar blanqueo capitales

  • Los países de la Unión Europea (UE) respaldaron hoy un acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo (PE) sobre una directiva y un reglamento que pretenden reforzar la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Bruselas, 21 ene.- Los países de la Unión Europea (UE) respaldaron hoy un acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo (PE) sobre una directiva y un reglamento que pretenden reforzar la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Los embajadores de los Veintiocho dieron su visto bueno al pacto sobre la legislación con el que la UE pretende ser consistente con la estrategia perseguida a nivel internacional contra el lavado de dinero, específicamente dirigiéndose a la información que acompaña las transferencias de fondos.

La UE ya disponía de legislación para garantizar el funcionamiento adecuado del sistema financiero, pero ante la evolución del blanqueo y la financiación del terrorismo, por la tecnología y otros medios, en 2013 decidió modificarla para extender el alcance de la directiva a más agentes.

Ello implica reducir de 15.000 euros a 10.000 euros el límite de pagos en efectivo permitido para transacciones en bienes, e incluir también proveedores de servicios de apuestas.

La Unión explicó que en sus decisiones y para gestionar mejor los riesgos, a través de las autoridades europeas de supervisión, aplicará hechos apoyados por pruebas.

El acuerdo endurece además las reglas para la debida diligencia ante clientes, al exigir a entidades obligadas, tales como bancos, a tomar medidas reforzadas cuando existen más riesgos y otras más suaves donde los riesgos son más pequeños.

El paquete legislativo incluye además provisiones específicas sobre el beneficiario o propietario real de una empresa, cuyos datos serán almacenados en un registro central, accesible a las autoridades competentes, las unidades de inteligencia financiera y otras entidades obligadas como bancos.

Los textos acordados entre los países y la Eurocámara también permiten, a quienes demuestran un interés legítimo, acceder a determinada información almacenada como el nombre, el mes y el año del nacimiento, la nacionalidad, el país de residencia, la naturaleza y el alcance aproximado del interés beneficiario.

Los países que quieran pueden usar un registro público.

En cuanto a los fondos fiduciarios, el registro central de información sobre el beneficiario final será empleado cuando este fondo genere "consecuencias en lo relativo a los impuestos".

Para los servicios de apuestas con riesgo de blanqueo de dinero, el texto consensuado exige a los proveedores que lleven a cabo la debida diligencia para transacciones de 2.000 euros o más.

En circunstancias probadas de bajo riesgo los países pueden excluir ciertos servicios de algunos o de todos los requisitos, pero solo de manera estrictamente limitada y justificada.

Tales excepciones estarán sujetas a un análisis específico de riesgo, pero los casinos no podrán ser eximidos.

En cuanto a las sanciones, la UE prevé una multa económica máxima de al menos dos veces el monto del beneficio obtenido del incumplimiento de las normas o al menos 1 millón de euros.

Para los casos de incumplimiento por parte de instituciones de crédito o financieros, la UE establece una sanción máxima de al menos 5 millones de euros o el 10 % de los ingresos totales en el caso de una persona jurídica y una máxima de al menos 5 millones en el caso de persona física.

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