Mató a palos a su caballo, fue condenado a 8 meses de prisión, pero no irá a la carcel

    • La Audiencia Provincial de Baleares ha suspendido la condenade cárcel estimando el recurso de apelación del agresor.
    • El condenado por matar al caballo Sorky debe hacer el seguimiento de un programa de protección de animales.
Condenado por matar a palos a su caballo
Condenado por matar a palos a su caballo

Un hombre de 41 años ingresó en prisión el pasado mes de octubre por matar a palos a su caballo de carreras, Sorky Das Pont, por perder una competición en el hipódromo de Manacor (Mallorca) en 2012. El agresor estaba condenado a 8 meses de cárcel por maltrato animal, sin embargo, la audiencia de Baleares ha dictado un auto en el que estima el recurso de apelación de Eugenio Sánchez y revoca la cárcel, beneficio que queda condicionado al seguimiento de un programa de protección de animales cuya supervisión se realizará por el Servicio de gestión de penas y de medidas de seguridad, según han informado fuentes del TSJIB."Es una aberración en el siglo XXI"

El agresor llegó a ingresar en prisión en octubre, después de que se le denegara la suspensión de la pena o su sustitución por trabajos para la comunidad. "La muerte atroz de este caballo de carreras en su propia cuadra es una aberración en el siglo XXI", manifestó la juez del Juzgado Penal número 8 de Palma, encargada del caso, en el auto del 21 de septiembre. La presidenta del partido animalista PACMA, Silvia Barquera, aseguró en aquel momento que se trataba de la primera vez que alguien entraba en la cárcel en España por un delito de este tipo.

El nuevo auto señala que, pese a que se comparten plenamente los calificativos con los que la resolución revocada se refiere a los hechos por los que fue condenado el recurrente, al igual que son comprensibles las valoraciones sobre el rechazo social que genera dicha conducta, en el ordenamiento jurídico español la decisión sobre la forma de cumplimiento de una pena corta de prisión no puede guiarse exclusivamente por razones de prevención general positiva.

Así entendido, añade, el derecho penal se convertiría en un mecanismo sancionador meramente ejemplarizante y la Constitución prevé otras finalidades específicas para las penas privativas de libertad al proclamar sus fines resocializadores y de rehabilitación de la persona del condenado.

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