Revocada la condena a Ana Botella por la venta de pisos públicos a un fondo buitre

  • La sección de Enjuiciamiento rechaza el recurso de apelación interpuesto por la empresa municipal y estima las alegaciones de los concejales.
Ana Botella
Ana Botella
EUROPA PRESS - Archivo

El Tribunal de Cuentas ha revocado la condena a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a los que fueron concejales en su equipo de gobierno por la venta de 18 promociones de viviendas de la Empresa Municipal de Vivienda de Madrid (EMVS) al grupo societario Fidere, sociedad de inversión inmobiliaria del fondo Blackstone.

Con ello, revierte el fallo inicial dictado el 27 de diciembre, que cifraba en casi 25,8 millones de euros el perjuicio que esta operación ocasionó a la EMVS.

En una resolución de este mismo miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, la sección de Enjuiciamiento del órgano fiscalizador rechaza el recurso de apelación interpuesto por la empresa municipal (que se mostraba disconforme con el precio máximo de la venta de los inmuebles y el criterio utilizado para determinar el daño al patrimonio público) y estima las alegaciones presentadas por todos los concejales que estaban condenados, a lo que se adhirió el Ministerio Fiscal.

El Tribunal de Cuentas considera que la enajenación se realizó mediante concurso público y que no se puede imputar "negligencia grave" a los apelantes al constar en la venta que se aprobó un plan de viabilidad financiera, sin que fuera "impugnada en ningún modo".

Alude también a la existencia de informes, el más relevante el de Intervención Municipal aunque también otros de instancias no municipales, que "no cuestionaron la operación inmobiliaria ni dictaminaron en su contra".

Se ha emitido también un voto particular de uno de los consejeros del Tribunal de Cuentas que mantiene que la operación de venta fue "lesiva" para el patrimonio municipal y que no cumplió los principios de "publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad" en el procedimiento .

El Tribunal no ve una "intervención directa" de Botella y sus socios

El órgano fiscalizador entiende que Botella y su equipo "no intervinieron directamente en las operaciones" que desembocaron en las ventas del inmueble, que fueron gestionadas y verificadas por el exconsejero delegado (en alusión a Fermín Oslé) que había recibido el mandato de administrar y concluir la venta.

"La conducta desplegada por los antiguos miembros de la Junta de Gobierno municipal (y de la Junta General de Accionistas) en los hechos objeto de las actuaciones no fue la causa directa de que se produjera el perjuicio a los fondos municipales, por lo que su cualidad de personas legitimadas pasivamente para imputarles, en este procedimiento de reintegro por alcance, una responsabilidad contable directa, no se ha producido en este caso sometido a enjuiciamiento", razona el fallo.

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