Si multan tu coche, sólo lo puede retirar el propio alcalde

  • Según la reforma de la nueva Ley de Tráfico, la retirada y el depósito de un vehículo inmovilizado previamente por la Policía Local sólo podrán ejercerla la autoridad encargada de la gestión de tráfico, que según el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España es el acalde.
Pagar pronto las multas reducirá la sanción un 50% a partir de hoy
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lainformacion.com

Los ayuntamientos españoles son los primeros en encontrar fallos de funcionamiento práctico de parte de la reforma de la Ley de Tráfico, que entró en vigor hace poco más de dos semanas. Según uno de los artículos modificados, sólo los propios alcaldes podrán retirar los vehículos inmovilizados previamente.

El artículo 85 de la reforma de la Ley de Tráfico, referente a la retirada y depósito de un vehículo, señala que el responsable es  la "autoridad encargada de la gestión del tráfico", por lo que no quita esta potestad a los agentes de la Policía Local, que sí que son los responsables de inmovilizar el vehículo (artículo 83.2)

La primera en darse cuenta ha sido Zaragoza, donde su alcalde ha aprobado un decreto por el que delega estas competencias a sus policías locales, en concreto a los "agentes encargados de la vigilancia del tráfico", según publica el diario 20 Minutos. Una medida que pueden adoptar también las ciudades de Murcia y Cartagena, según el diario La Verdad.

Asimismo en Sevilla también han advertido este error y desde el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España aseguran que ningún agente de la Policía Local del Ayuntamiento hispalense retirará un vehículo por el vacío legal existente.

Según esta organización sindical, la autoridad encargada de la gestión del tráfico que cita el articulado de la reformada normada "es el alcalde".

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