Suprema Corte uruguaya aclara que fallo no archiva causas de la dictadura

  • La declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de una ley que impedía la prescripción de los delitos de la dictadura uruguaya (1973-1985) no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes, aclaró hoy a Efe una fuente de la Suprema Corte de Justicia.

Montevideo, 22 feb.- La declaración de inconstitucionalidad de dos artículos de una ley que impedía la prescripción de los delitos de la dictadura uruguaya (1973-1985) no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes, aclaró hoy a Efe una fuente de la Suprema Corte de Justicia.

"Eso es un disparate", afirmó el portavoz de la SCJ, Raúl Oxandabarat, al detallar que el alto tribunal "solamente se pronuncia sobre un caso concreto".

Es más, Oxandabarat remarcó que "los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran" en los procesos que llevan adelante. "Cómo el juez resuelve la situación eso es problema del juez", reiteró.

El portavoz de la SCJ explicó también que el dictamen anunciado este viernes se refiere a un recurso de inconstitucionalidad presentado por dos coroneles, Rudyard Scioscia y Mario Cola, pero no pudo proporcionar más detalles sobre el proceso seguido en contra de los militares.

Un comunicado difundido por la Corte después de informar del dictamen ratifica esta versión.

Las "consecuencias" de ese fallo "para el proceso en que se declaró tal inconstitucionalidad, serán examinadas por el juez competente en aplicación de las normas penales sustanciales y procesales que estime correspondan por derecho", reza el boletín.

Eso significa simplemente que el magistrado que preside esa causa no podrá tomar en cuenta el artículo dos y tres de la Ley Interpretativa de la Ley de Caducidad, los dos artículos declarados inconstitucionales.

La norma interpretativa fue aprobada en octubre de 2011 días antes de que se cumpliera el plazo de prescripción de los delitos de la dictadura según un plazo extraído de otro dictamen anterior de la SCJ que también se refería a un caso concreto y no a todas las causas en general.

La Ley de Caducidad es una ley de amnistía aprobada en 1986, con la restitución de la democracia en el país y que fue ratificada en dos referendos en 1989 y 2009.

Esa ley establece que el Poder Ejecutivo tiene potestad para decidir los casos que deben ser juzgados.

Hasta la llegada al poder en 2005 del bloque de izquierdas Frente Amplio, que ha encadenado dos presidencias consecutivas, ningún Gobierno había tomado esa decisión, pero desde entonces varios causas han sido abiertas y varios represores procesados y condenados.

El dictamen de la SCJ de este viernes provocó la reacción inmediata del Frente Amplio, del principal sindicato y de familiares de las víctimas de la dictadura, que convocaron para el lunes a una manifestación silenciosa en Montevideo bajo el título "Por verdad y justicia".

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