Supremo anula aplicación en Efe de la reducción salarial del sector público

  • El Tribunal Supremo ha dictaminado hoy que la reducción salarial del sector público aprobada por el ejecutivo en 2011 no debió aplicarse en una empresa como Efe, que tenía un pacto previo de reducción de masa salarial desde 2009.

Madrid, 23 may.- El Tribunal Supremo ha dictaminado hoy que la reducción salarial del sector público aprobada por el ejecutivo en 2011 no debió aplicarse en una empresa como Efe, que tenía un pacto previo de reducción de masa salarial desde 2009.

En una sentencia notificada hoy, el alto tribunal confirma un fallo previo de la Audiencia Nacional en 2012 que daba la razón al Comité Intercentros y rechaza el recurso que el Abogado del Estado presentó contra aquella sentencia.

El Supremo recuerda en su resolución que los trabajadores de Efe ya habían aceptado una importante reducción salarial durante dos años (2010-2011) tras uno previo de congelación salarial (2009), colocándose en niveles retributivos de 2008 cuando se les aplicó la medida general.

Imponerles sobre la "limitación de sueldos" acordada con la empresa una nueva reducción supondría, dice el Supremo, penalizar "la contención salarial y eso es, justamente, lo contrario a lo que perseguía" el decreto.

El caso tiene su origen en una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional presentada por el Comité Intercentros, en la que se solicitaba que se declarase el derecho de los trabajadores al abono de la paga extraordinaria de febrero de 2013 (devengada en 2012).

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