Tribunales.-Ratifican más de cinco años de cárcel al funcionario de la Junta que se apropió de 240.000 euros

  • El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a cinco años y tres meses de prisión impuesta al funcionario de la Delegación de Medio Ambiente de la Junta en Almería al que un jurado popular declaró culpable por unanimidad de apropiarse de 240.00 euros de dinero público entre 2009 y 2012 de una cuenta bancaria que no estaba sujeta a fiscalización y de alterar su firma y su número de DNI en algunos de los 88 cheques al portador con los que cometió el fraude.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
Fachada de la sede del Tribunal Supremo.
EUROPA PRESS

ALMERÍA, 28 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a cinco años y tres meses de prisión impuesta al funcionario de la Delegación de Medio Ambiente de la Junta en Almería al que un jurado popular declaró culpable por unanimidad de apropiarse de 240.00 euros de dinero público entre 2009 y 2012 de una cuenta bancaria que no estaba sujeta a fiscalización y de alterar su firma y su número de DNI en algunos de los 88 cheques al portador con los que cometió el fraude.

La Sala Segunda ha ratificado las penas por un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso con malversación de caudales públicos y los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y de un tribunal del jurado de la Audiencia de Almería, al rechazar el recurso del funcionario acusado, M.G.L., que además de la pena de cárcel, es condenado a 9 años de inhabilitación absoluta y a indemnizar con 239.638 a la Junta de Andalucía.

Del pago de la indemnización hasta el importe de 105.338,20 euros responderá subsidiariamente la entidad financiera en la que estaba la cuenta de la Delegación a la que se cargaron los talones al portador.

Según los hechos probados, el funcionario acusado, "con la intención de obtener un lucro económico y siendo consciente de la falta de control sobre la cuenta", en la que tenía firma autorizada desde 1986, entre febrero y abril de 2009 "extrajo de la misma un total de 134.300 euros haciendo uso para ello de 49 talones al portador".

"Con la misma intención -añade la sentencia--, pese a que desde el 22 de junio de 2010 no figuraba como autorizado en la cuenta, entre febrero de 2011 y noviembre de 2012 extrajo de la misma un total de 105.338,20 euros haciendo uso para ello de 39 talones al portador en los que estampó una firma irreal".

En los siete últimos cheques, dado que los empleados del banco le exigieron que hiciera constar su DNI además de la firma si deseaba cobrar, el acusado consignó un número de DNI distinto al suyo cambiando alguno de los dígitos de la numeración correcta. A pesar de que el acusado no figuraba como autorizado, los empleados del BBVA abonaron los talones al no hacer las comprobaciones necesarias.

El jurado popular consideró principal prueba de cargo contra el funcionario en el delito de malversación las testificales en sala del empleado de caja y del interventor de la sucursal bancaria donde se produjeron los cobros, quienes lo señalaron "como la única persona que cobró los cheques", y el informe patrimonial sobre el acusado elaborado por la Policía Nacional que recogía "coincidencias temporales entre los reintegros y frecuentes ingresos en pequeñas cantidades en sus cuentas personales".

Reconocieron una única excepción entre los cheques investigados, en concreto uno, nominativo, expedido a favor de una empresa de comunicación de la provincia por 6.972 euros y cuyo importe no han considerado probado revertiera en él.

Con respecto al delito continuado de falsedad en documento mercantil, el veredicto hacía alusión también a la testifical de los trabajadores de la entidad financiera, quienes declararon que firmó "en su presencia" tanto "el anverso como el reverso" de los cheques cuando cambió la normativa del banco al respecto, y que, aunque no comprobaron el DNI, consignó un número que era similar al suyo aunque modificado en un dígito.

La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y medio era titular de una cuenta en la que se recogía el canon que deben pagar los adjudicatarios de aprovechamiento de montes de titularidad municipal, correspondiente al Fondo de Mejora Forestal de la Consejería de Medio Ambiente en Almería. Desde su apertura en 1986, esa cuenta solo recogía abonos procedentes de las tasas cobradas y su utilización "estaba reservada" para actuaciones en montes "sin que se utilizara para la realización de ninguna inversión". Su saldo a fecha de 26 de febrero de 2009 era de 279.837,62 euros.

La citada cuenta estaba sujeta a fiscalización por parte del servicio de Intervención de la Junta de Andalucía, "ni se realizaba control alguno sobre la misma por parte de los responsables de la Delegación" pero como personas autorizadas para hacer disposiciones en la cuenta figuraban, entre otros, M.G.L., funcionario con plaza en el Servicio de Gestión del Medio Natural, si bien "ejercía sus funciones en el servicio de gestión económica, figurando con tal autorización desde marzo de 1997 hasta junio de 2010, en que fue dado de baja como clavero".

Ante esta situación, el funcionario, "con la intención de obtener un lucro ilícito, conocedor de la falta de uso y control de la cuenta, y teniendo conocimiento del dinero en ella existente", procedió presuntamente a realizar "diversas extracciones de caja mediante el uso de talones bancarios, incorporando el dinero a su patrimonio".

TRIBUNAL DE CUENTAS

Fue la Administración autonómica la que puso en conocimiento de los juzgados de instrucción y del Tribunal de Cuentas, a través de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, presuntas "irregularidades" que se habían detectado en una cuenta bancaria "sin fiscalizar" hasta 2013 y en la que se ingresaba el canon forestal.

En el procedimiento paralelo del Tribunal de Cuentas, el funcionario fue considerado responsable contable directo por la cantidad de 140.710,21 euros que corresponden al cobro por ventanilla de 49 cheques al portador entre marzo y abril de 2009 que él mismo giraba con cargo a la citada cuenta y a otro cheque nominativo a favor de una empresa sin que conste justificación alguna de que los servicios facturados fuesen efectivamente prestados.

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