LaSala Tercera de Apelacionesde Costa Rica ha derogado el artículo 7 de la Ley de Imprenta, por la que los periodistas de prensa escrita de este país podían ir a la cárcel si eran condenados por injurias y calumnias en el ejercicio de su profesión, según informa el Diario Extra.
Con esta nueva decisión judicial, el país centroamericano da un paso importante en materia de libertad de expresión, aunque sólo dejó sin validez la posibilidad de una condena de prisión, en caso de que los periodistas sean declarados culpables por el delito de injurias y calumnias.
Este artículo de la Ley de Imprenta, vigente desde 1907, establecía, en estos casos, la pena de prisión de hasta 120 días para los periodistas de prensa escrita. Dicha ley regula los medios de comunicación escritos.
Sin embargo, Costa Rica tiene una normativa diferente para los periodistas de otros medios de comunicación. Así, según la Ley de Radio, los trabajadores de audiovisuales que fueran declarados culpables por injurias y calumnias eran condenados a una pena de multa.
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que lainformacion.com restringirá la posibilidad de dejar comentarios