¿Para qué sirve el Consejo de Estado y cuánto nos cuesta?

  • Unos 10,4 millones de euros se destinan cada año a los gastos de este órgano consultivo, según los Presupuestos Generales del Estado. 
Zapatero se pone al servicio del Gobierno como nuevo Consejero de Estado
Zapatero se pone al servicio del Gobierno como nuevo Consejero de Estado

José Luis Rodríguez Zapatero ha abandonado la política a medias. Desde este jueves es uno de los miembros natos y vitalicios del Consejo de Estado y como tal recibirá unos 72.000 euros al año. ¿Pero sabemos cuáles son las funciones de este órgano consultivo y cuánto nos cuesta?

Según los últimos Presupuestos Generales del Estado, se destinaron más de 10,4 millones de euros a los gastos del Consejo de Estado el pasado año, de los que 8,1 millones eran para pagar gastos de personal.

El presidente es el que cuenta con una mayor retribución (77.808 euros), pero los otros 30 miembros no le van a la zaga y cobran unos 72.000 euros al año, entre su sueldo (13.000 euros), el complemento específico (35.521 euros) y el de destino (22.817 euros).

Además, según el reglamento del Consejo de Estado, el presidente también puede asignar a los consejeros permanentes y al secretario general un complemento de productividad, así como las dietas de los consejeros electivos (no especificadas).

Entre sus miembros natos se cuentran, además de los expresidentes del Gobierno que así lo deseen; el director de la Real Academia Española; el de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; el de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas; el presidente del Consejo Económico y Social; el presidente del Consejo General de la Abogacía; el de la Sección Primera de la Comisión General de Codificación, y el gobernador del Banco de España.

Los principales temas sobre los que se le consulta

-  Antes de reformar la Constitución, hay que consultar al Consejo de Estado

-  Para redactar tratados y acuerdos internacionales y para resolver dudas que surjan de este tipo de acuerdos.

-  Para interpretar resoluciones de organismo internacionales y resolver controversias jurídicas internacionales

-  Asuntos de Estado

-  Reglamentos para ejecutar leyes

-  Impugnación de resoluciones de órganos autonómicos ante el Tribunal Constitucional, antes de presentar un recurso.

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