Tribunales.- La Fiscalía de Las Palmas recurre la sentencia absolutoria contra Arnáiz por el proyecto de la Gran Marina

  • La Fiscalía provincial de Las Palmas ha recurrido la sentencia absolutoria contra el ex presidente de la Autoridad Portuaria José Manuel Arnáiz por un presunto delito de desobediencia grave contra el Ministerio de Fomento que ordenó la paralización del concurso conocido como La Gran Marina en Las Palmas de Gran Canaria.

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 10 (EUROPA PRESS) La Fiscalía provincial de Las Palmas ha recurrido la sentencia absolutoria contra el ex presidente de la Autoridad Portuaria José Manuel Arnáiz por un presunto delito de desobediencia grave contra el Ministerio de Fomento que ordenó la paralización del concurso conocido como La Gran Marina en Las Palmas de Gran Canaria. El recurso de apelación lo interpuso la Fiscalía de Las Palmas ante el Juzgado de lo Penal número 4, después de una "tarea de análisis" del juicio que se llevó a cabo contra Arnáiz y del que salió absuelto. La Fiscalía ha llevado a cabo esta acción después de considerar que la sentencia "deja en el tintero cuestiones y pruebas" que, a su juicio, son de "máxima importancia", según informó el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en nota de prensa. Asimismo, para la Fiscalía se asignan a parte de las pruebas un valor que "no justifica suficientemente" la sentencia, ya que se absuelve al acusado, entre otras cuestiones, porque "actuó con la convicción de la falta de competencia de la Secretaría general de Transportes del Ministerio de Fomento para dictar la resolución de que trae causa el procedimiento". Añadió que dicha orden "no fue obstáculo para que el acusado, con apoyo de otras personas", posibilitara la exposición pública de los proyectos que compiten en el concurso restringido. Además, discrepó de la "importancia" que el juzgador da al hecho de que la orden "incumplida no contenga referencia a la advertencia de las responsabilidades penales que se pudiera incurrir con su incumplimiento". Sin embargo, apuntó que Arnáiz "reconoce que recibió advertencias sobre la responsabilidad en que podría incurrir". La Fiscalía también basa su recurso de apelación en la discrepancia con la frase en la que el juez resume su postura --la existencia de la necesidad de la medida cautelar es un pirus para cualquier planteamiento en orden a detectar una conducta desobediente--, ya que para la Fiscalía supone "contradecir la Jurisprudencia existente al crear un requisito no exigible para dicho tipo penal". Por otro lado, destacó que se "infravalora o simplemente omite pruebas" que, a su entender, podrían "enervar completamente la presunción de inocencia que ampara al acusado", ya que insisten en que son pruebas que por un razonamiento de "pura lógica, aplicable con las reglas corrientes de la deducción, incriminan de forma totalmente indubitada al acusado como autor de reiterados actos de franca y consciente oposición a una orden". Con este recurso de apelación, la Fiscalía solicita la admisión a trámite del mismo y la revocación de la sentencia impugnada a fin de que se acoja la pretensión formulada por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones.

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