Más de 300.000 empresas necesitarán un ‘DNI’ para operar en bolsa ya en 2018

  • La ley impide a la banca aceptar sus órdenes de inversión hasta que logren el pasaporte. Fue aprobada en 2012, pero solo el 10% de las sociedades lo ha tramitado.

    El permiso, que debe expedir un registro mercantil, cuesta 120 euros el primer año y 50 los restantes. La banca buscará, a través de la CNMV, flexibilizar la norma.

Más de 300.000 empresas necesitarán un ‘DNI’ para operar en bolsa ya en 2018
Más de 300.000 empresas necesitarán un ‘DNI’ para operar en bolsa ya en 2018
E.C.

El arranque de 2018 va camino de convertirse en una viacrucis para las empresas que operan en bolsa si no se ponen al día y solicitan el pasaporte que una ley europea les exigirá tener desde el primer día hábil de enero. La normativa, aprobada en 2012, impide que los inversores personas jurídicas -cualquier tipo de sociedad, ente, corporación, etc- ejecuten operaciones en los mercados de valores sin dicho ‘DNI’. El colectivo afectado supera las 300.000 compañías y, pese a ello, las que lo han tramitado apenas rebasan las 20.000, en parte por el escaso conocimiento sobre esta obligación.

El llamado LEI (Legal Entity Identifier) es un código alfanumérico de 20 caracteres, que identifica a las entidades a nivel mundial. Nació para reparar los problemas que puso en evidencia la crisis financiera internacional y el colapso de Lehman Brothers: el profundo desconocimiento que reguladores y supervisores tenían de los sofisticados productos vinculados y las dificultades en la cadena de control para desentrañar quiénes eran los propietarios de cada instrumento financiero interconectado.

Las entidades financieras e inversores institucionales como bancos, aseguradoras o fondos de inversión apresuraron la consecución de su pasaporte, hasta el punto de acudir a organismos acreditadores fuera de España cuando aquí aún no se expedían, indicaron fuentes financieras. Su emisión y gestión ha sido depositada en los registros mercantiles -el Colegio de Registradores es el que coordina la operativa-, que cobran 100 euros por acuñarlo para el primer año -120 euros, al incorporar el 21% de IVA- y 50 euros los ejercicios sucesivos.Gestión en los registros mercantiles

Aún cuando los registros han aparcado sus exigencias máximas habituales de efectuar gestiones con papeles y actas notariales, para facilitar la gestión de manera telemática en 48 horas y se han surtido de ‘call centers’ ad hoc para superar esta exigencia normativa, la banca teme un cuello de botella a fin de año, que colapse la solicitud de este pasaporte. O, aún peor, que el cliente quiera tomar posiciones o deshacerlas y el banco no pueda ejecutar su orden en el momento cursada y su estrategia inversora se vea afectada cuando disponga del código.

A pesar de la sofisticación de la exigencia, el pasaporte obliga a cualquier inversor salvo a las personas físicas, incluído compañías de cualquier tamaño, fundaciones, instituciones de cualquier tipo, comunidades de bienes o de vecinos, o hasta herencias yacentes (los recursos que deja una persona a sus herederos hasta que aceptan su percepción). Podría ocurrir, indican fuentes financieras, que algunos particulares prefieran renunciar a vender, por ejemplo, acciones heredadas ante tal trámite y, sobre todo, conociendo que le costará 120 euros solo expedir el código.

La CNMV comunicó el requisito con una nota técnica. La ley, que fue impuesta en Europa a través del reglamento Emir de 2012, no obliga al inversor a dotarse del identificativo pero sí prohíbe a las entidades financieras a tramitar operaciones para inversores sin dicho identificativo, lo que expone al sector al descontento del cliente inadvertido.

La Asociación Española de Banca (AEB) ha detallado hoy su compromiso en difundir las necesidades de obtener el LEI para evitar tanto que a los pocos días de entrar en vigor se produzca un aluvión de peticiones que “dificulten el sistema como los inconvenientes para los clientes que se encuentren a partir del 3 de enero con la imposibilidad de operar”.

Aún cuando se trata de una norma europea, las entidades buscará a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que se abra la mano o se flexibilice en determinadas circunstancias, como permitir a un inversor vender por ejemplo sus acciones. En caso contrario, el cliente se encontraría “atrapado” en su posición hasta que decida surtirse del pasaporte. El código puede suscribirse y dejarlo durmiente, sin pagar las cuotas anuales, hasta que decida efectuar transacciones en los mercados -operaciones de repos, derivados o valores).

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