CCOO y UGT piden una reforma urgente de la legislación para adaptarla al fallo del TJUE

EUROPA PRESS

El sindicato que lidera Ignacio Fernández Toxo ha subrayado que, hasta que se lleve a cabo esa reforma promoverá acciones judiciales que comprendan a la totalidad de trabajadores temporales, casi cuatro millones de personas, para hacer efectivas las diferencias económicas que les puedan corresponder.

Según sus datos, en Castilla y León hay 187.600 personas --97.500 hombres y 89.800 mujeres-- que podría beneficiarse de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ya que uno de cada cuatro trabajadores tiene un contrato temporal que en el 68 por ciento de los casos dura menos de 6 meses.

De esos contratos temporales, más de 106.000 se realizan por circunstancias de la producción, unos 60.000 son por obra y servicio y 15.000 son de interinidad. Según CCOO, el trabajo temporal se da especialmente en el sector privado si bien en las administraciones públicas hay 39.500 personas eventuales, casi el 22 por ciento del total de empleados públicos.

En este sentido, desde la Federación de Empleados de los Servicios Públicos han advertido de las "irregularidades" que se hacen en Castilla y León donde se permite la utilización de nombramientos de duración determinada y sucesivos para atender las "necesidades permanentes" en sectores tan importantes como Educación y Sanidad.

La nueva Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de UGT Castilla y León ha denunciado en concreto los contratos de profesores itinerantes de la Comunidad, "que lleva su actividad incluso hasta cinco centros escolares con contratos sucesivos, enmascarando una necesidad importante de personal docente en plantilla fija".

Desde la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de UGT Castilla y León pedirán a la Junta de Castilla y León que "absolutamente todos los contratos" que cumplan con el término de sucesivos en un mismo puesto sean valorados como plazas estructurales necesarias para la Junta.

"No es necesaria ninguna reforma legal para habilitar que los tribunales puedan reconocer, en el curso de un proceso laboral, el abono de una indemnización de 20 días ante la extinción de cualquier contrato temporal. Esta medida se aplica a todos los contratos temporales que se han suscrito y que están vigentes, o que se celebren en el futuro. Pero también comprende a todos los contratos temporales que se han extinguido con anterioridad a la fecha de la sentencia, con el único límite de que no haya transcurrido un año desde que tuvo lugar dicha extinción", explica CC.OO.

Por su parte, UGT ha advertido de que, si no se acomete este reforma del Estatuto de los Trabajadores, recurrirá a los grupos parlamentarios y al Parlamento para que la legislación española se corrija vía proposición de ley.

Según la secretaria de Política Social, Empleo y Seguridad Social de UGT, Mari Carmen Barrera, esta sentencia "representa una enmienda a la reforma laboral española por discriminatoria".

"La sentencia pone en cuestión tanto las indemnizaciones a la finalización de la relación laboral como la debilidad en la causalidad de los despidos. Con este fallo, los trabajadores temporales podrán reclamar una indemnización de 20 días al finalizar su contrato, y aquellos que estén en fraude de Ley -ocupando un puesto fijo, pese a tener un contrato temporal- podrán reclamar hasta 33 días por año trabajado", sostiene UGT.

El sindicato aclara que la sentencia del TJUE no está estableciendo un contrato único, sino corrigiendo una "discriminación" en materia de indemnizaciones.

El gabinete jurídico de UGT está analizando con detalle ésta y otras sentencias del Tribunal de Justicia Europeo para evaluar las consecuencias que tienen para los trabajadores, y ver cómo encauzar las demandas sobre sobre los posibles efectos retroactivos.

Mostrar comentarios