El Juzgado encargado de las 'cláusulas abusivas' declara la nulidad del vencimiento anticipado

  • El juzgado de Primera Instancia 101 bis de Madrid, encargado en exclusiva de las demandas por 'cláusulas abusivas' en la región, ha emitido una sentencia en la que declara la nulidad, y por tanto su total expulsión del contrato, de la cláusula relativa al vencimiento anticipado, en virtud de la cual la entidad financiera podía dar por vencido el contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes ante cualquier tipo de incumplimiento de los prestatarios, por ínfimo o esencial que fuera el incumplimiento.
El Juzgado encargado de las 'cláusulas abusivas' declara la nulidad del vencimiento anticipado
El Juzgado encargado de las 'cláusulas abusivas' declara la nulidad del vencimiento anticipado
EUROPA PRESS
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El fallo de la jueza Yasmina Carrera Fernández supone la primera sentencia en la que el Juzgado de las 'cláusulas abusivas' entra a valorar las mismas, y también ha declarado la nulidad de la cláusula relativa al interés de demora, al considerarlo "desproporcionado", pues contemplaba un interés de demora superior en cuatro puntos porcentuales al interés legal del dinero, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Igualmente, ha declarado nulas por su "abusividad" las cláusulas que obligaban a los prestatarios a hacerse cargo de los aranceles de notario y registro, al entender que es la entidad demandada (Bankia S.A.) quien está obligada al pago de los mismos.

Por último, en la sentencia no se considera que sea nulo el inciso de la cláusula que impone a los prestatarios el pago de los tributos que se deriven del préstamo hipotecario, en consonancia con la jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y la normativa legal y reglamentaria, que obliga al pago de dichas cantidades a éstos.

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