(AMPLIACIÓN) EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESPALDA A LA GESTORA DEL PSOE FRENTE AL 'CROWDFUNDING' DE PEDRO SÁNCHEZ

La Comisión Gestora del PSOE ha entregado al equipo de Pedro Sánchez un informe del Tribunal de Cuentas que respalda su tesis frente al 'crowdfunding' abierto por el ex secretario general para financiar su campaña en las primarias y avala que forma parte de la actividad del partido sujeta por tanto a fiscalización.
"En definitiva, cabe concluir, en relación con la financiación de los procesos de elección a los órganos de dirección de los partidos políticos, que se trata de una materia que forma parte de la actividad ordinaria de las formaciones políticas y que, por lo tanto, debe regirse por las normas sobre financiación de los partidos políticos y está sujeta a la fiscalización del Tribunal de Cuentas", dice el informe, firmado por el presidente de ese órgano, Ramón Álvarez de Miranda, con fecha 29 de marzo.
Pedro Sánchez, que aspira en esas primarias a recuperar la Secretaría General del PSOE, abrió esa vía de financiación de su campaña el pasado 3 de marzo y desde entonces ha recaudado más de 95.000 euros en microdonaciones.
El Tribunal de Cuentas responde con ese informe a un escrito enviado por el PSOE el día 24 de marzo en el que plantea "una cuestión relativa al régimen aplicable, en materia de financiación, a la actividad de recaudación de fondos a favor de los aspirantes que participan en el proceso interno" de elección de secretario general.
De acuerdo con los artículos 1 y 4 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y con el 16 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos, ese organismo recuerda su competencia para fiscalizar la actividad económica-financiera de las formaciones políticas inscritas en el Ministerio del Interior.
Entre sus atribuciones, explica, está controlar que la financiación de las formaciones políticas se ajuste a los requisitos, límites y prohibiciones establecidos en el ordenamiento jurídico y, en especial, en esa ley que regula su financiación.
El Tribunal de Cuentas recuerda en su informe la textualidad de la exposición de motivos de esa ley, cuando establece que la libertad de los partidos en el ejercicio de sus atribuciones "quedaría perjudicada si se permitiese como fórmula de financiación un modelo de liberalización total" ya que, de ser así, "siempre resultaría cuestionable la influencia que en una determinada decisión política hubiesen podido ejercer las aportaciones procedentes de una determinada fuente de financiación y romper la función de los partidos políticos como instituciones que vehiculan la formación de la voluntad popular".
El Tribunal de Cuentas entiende que ese cuestionamiento "debe entenderse también referido, lógicamente, a los procesos de elección de los órganos de dirección del partido, puesto que son estos los que adoptan las principales decisiones políticas que constituyen la concreción del ideario de la formación".
Considera, por tanto, que la sujeción a las normas sobre financiación de los partidos "se produce desde el momento inicial en que los aspirantes realicen cualesquiera actos dirigidos a su participación en tales procesos", icluso antes de que estos últimos hayan sido convocados oficialmente, debido a que dichos actos pueden tener "una influencia significativa en el devenir de los mismos y condicionar decisivamente su desarrollo".
Como "consideración adicional", el Tribunal de Cuentas pide tener en cuenta que en el anterior proceso de elección de secretario general del PSOE, "según resulta de la información disponible, la financiación obtenida por los aspirantes que participaron en el referido proceso figura recogida en los estados contables del partido" correspondientes al ejercicio 2014, presentados ante el Tribunal de Cuentas y cuya fiscalización está en curso.
En dichas primarias, en las que también participó Sánchez, operó desde el principio con las leyes internas porque arrancó en el periodo que contempla el reglamento de PSOE, mientras que en esta ocasión empezaron cinco meses antes.

Mostrar comentarios