El Colegio de Abogados insta al Gobierno a agilizar las solicitudes de asilo para los refugiados

EUROPA PRESS
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En un comunicado, la CDH recuerda que el derecho de asilo está reconocido universalmente en el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y garantizado por la Convención de Ginebra sobre el estatus de refugiados (1951); por la Convención Europea de Derechos Humanos (art. 4 Protocolo 4), por el artículo 216 del Tratado UE de Lisboa y por la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo.

Más en concreto, el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que "en caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país".

El órgano colegial subraya que España se comprometió a acoger, en 2016, a 17.680 refugiados de la guerra de Siria. A finales del año, apenas se habían acogido a unos 900. Una de las dificultades que manifiestan los refugiados para viajar a España, recuerda la Comisión, es, precisamente, la lentitud en la tramitación de las solicitudes de asilo, que corresponde al Gobierno.

Por ello, la CDH insta al Ejecutivo central a agilizar y facilitar las solicitudes de asilo, cumpliendo sus compromisos internacionales y ejecutando cuantas acciones sean necesarias para hacer efectivo el Derecho de Asilo de las personas refugiadas.

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