El Gobierno valenciano anuncia el cierre de Radiotelevisión autonómica

  • El Gobierno valenciano ha anunciado hoy el cierre de la Radiotelevisión Valenciana (RTVV) después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) haya declarado nulo el expediente de regulación de empleo que afectaba a un millar de empleados.

Valencia, 5 nov.- El Gobierno valenciano ha anunciado hoy el cierre de la Radiotelevisión Valenciana (RTVV) después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) haya declarado nulo el expediente de regulación de empleo que afectaba a un millar de empleados.

En un comunicado de prensa, El Ejecutivo ha considerado que la readmisión de esos más de mil empleados "hace su continuidad inviable, pues sólo el coste de los gastos de personal de una plantilla de 1.700 trabajadores supondría aproximadamente 72 millones de euros".

A esa cantidad, recuerda la nota, habría que sumar el gasto de funcionamiento y mantenimiento de RTVV, "un coste que la Generalitat no puede asumir en estos momentos".

El Consell indica igualmente que tiene "la obligación de priorizar los servicios básicos y garantizar, ante todo, una sanidad, una educación y unos servicios sociales de calidad, universales y gratuitos" y "ése es el objetivo prioritario de todas las actuaciones que emprende el Consell".

La Generalitat manifiesta que la difícil decisión de abordar un ERE en la Radio Televisión Valenciana se engloba dentro de la reestructuración del sector público empresarial cuya finalidad era lograr una administración más ligera y sostenible.

En el caso concreto de RTVV, la deuda acumulada y asumida por la Generalitat superaba los 1.000 millones de euros, una cifra que "dejaba en evidencia que RTVV era claramente deficitaria e insostenible con la dimensión que tenía en ese momento".

El comunicado recuerda que ante esta situación, se abrían dos caminos: el cierre de la empresa pública o el redimensionamiento de la misma, que afectaba de manera directa al tamaño de la plantilla.

En este sentido asegura que la voluntad del Consell ha sido desde el primer momento la de mantener abierta RTVV, en tanto que ofrece un servicio público y por ello se optó por la segunda opción, de tal forma que "se encargó a una empresa externa el proceso de ejecución del ERE".

Asimismo, continúa el comunicado, se promovió una nueva Ley de RTVV que "ahondara en la vocación de servicio público, pluralidad y defensa de las señas de identidad de la radio y la televisión públicas".

Destaca la nota que en este punto "acaban las decisiones del Consell respecto a RTVV", puesto que el proceso de ejecución del ERE "siempre ha correspondido, en exclusiva, a la dirección de la empresa pública, en tanto que ésta siempre ha tenido entidad jurídica propia".

Resalta el Ejecutivo valenciano que, según la sentencia del TSJCV, dos son las causas concluyentes de que el ERE haya sido declarado nulo.

La primera, la aplicación del criterio social sólo para trabajadores afectados por el ERE que, en el momento de la aplicación, aún realizaban sus funciones en la empresa, es decir, con posterioridad a la salida del ente de empleados susceptibles de beneficiarse de dicho criterio y a quienes no se tuvo en cuenta a la hora de aplicarlo.

La segunda, la desafección de 186 trabajadores bajo el criterio único de que eran los que, estando afectados, aún permanecían en la empresa debido a la salida escalonada de los trabajadores afectados, "sin tener en cuenta a los trabajadores que ya habían salido en ese momento".

Según la sentencia, ambas decisiones vulneran el derecho fundamental a la igualdad, tal y como señala el TSJCV, "un derecho que se negó a los empleados que ya no prestaban sus servicios en RTVV como consecuencia del ERE".

El fallo del TSJCV, hecho público hoy, obliga a readmitir a sus correspondientes puestos de trabajo al millar de empleados que se vieron afectados por el ERE.

El fallo de la Sala de lo Social del TSJCV llega apenas quince días después de la celebración del juicio, en el cual el fiscal pidió esa nulidad del ERE por posible vulneración de derechos fundamentales, al entender que la "alteración" del listado de afectados supuso un "trato discriminatorio".

También consideraba el ministerio público que no se aportó la documentación necesaria a la representación de los trabajadores.

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