El Supremo absuelve a Cuatro de intromisión en el honor de la duquesa de Alba

  • El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a Las Mañanas de Cuatro de intromisión ilegítima en el honor de la duquesa de Alba por un programa de 2008 en el que se vertieron informaciones y opiniones sobre su salud y su intención de casarse con una persona entonces desconocida y no perteneciente a la aristocracia.

Madrid, 22 sep.- El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a Las Mañanas de Cuatro de intromisión ilegítima en el honor de la duquesa de Alba por un programa de 2008 en el que se vertieron informaciones y opiniones sobre su salud y su intención de casarse con una persona entonces desconocida y no perteneciente a la aristocracia.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Marín Castán de la Sala de lo Civil, señala que todas las alusiones y especulaciones se hicieron dentro de un tono de respeto a la duquesa, según un comunicado de prensa del TS.

Durante el programa -25 de septiembre de 2008- se reconocía la popularidad de la duquesa de Alba, el cariño de la gente, su personalidad especialmente fuerte e independiente y se expresaba preocupación porque la persona que iba a casarse con ella pudiera buscar más el provecho propio que el de la demandante, María del Rosario Cayetana Fitz-James Stuart y de Silva.

Tratar de la fragilidad de la condición humana en relación con una persona determinada, según la sentencia, no constituye siempre y en todo caso una intromisión ilegítima en la intimidad personal y familiar.

"Hay circunstancias que, como las concurrentes en el presente caso, pueden justificarlo en atención a la relevancia pública e histórica de esa persona", dice el fallo.

También lo argumenta en "la frecuencia de sus apariciones, muchas veces voluntarias, en los medios de comunicación y, en fin, al interés general sobre su estado de salud en relación con un propósito de contraer matrimonio que podía tener repercusiones en el patrimonio y las relaciones familiares de la casa de Alba", según el fallo.

La Audiencia Provincial de Sevilla revocó la inicial sentencia favorable de un juzgado de instrucción de Sevilla hacia la duquesa de Alba y ésta recurrió en casación al Supremo, que finalmente ha desestimado su petición.

La duquesa pedía 300.000 euros en concepto de daños morales, que la sentencia fuera publicada en tres periódicos de difusión nacional, así como en tres telediarios de Cuatro y en el programa Las mañanas, "dedicándole el mismo tiempo que han dedicado a ultrajar los Derechos Fundamentales de Doña Cayetana Fitz-James Stuart y Silva".

La sentencia señala que, dándose las circunstancias del carácter público de la demandante y el interés general de la información y de la materia sobre la que se opinaba, "las alusiones al deterioro psíquico y a la demencia progresiva de la demandante no pueden aislarse ni del tono general de respeto que presidió el programa ni de la fragilidad humana, un hecho que a todos afecta y que, como es notorio, se acentúa con la edad".

Por lo que, "entremezclándose en el programa enjuiciado la información y las opiniones, sería desproporcionado imponer o exigir a los demandados -Cuatro- la prueba de la total exactitud de sus manifestaciones".

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