La Audiencia Nacional dice que el Gobierno obvió trámites "esenciales" e "inexcusables"

  • Madrid.- La Audiencia Nacional reprocha al Gobierno no haber cumplido "ninguno" de los trámites "inexcusables" y "esenciales" para la aprobación de un reglamento como es la orden ministerial de 2008 que regula el canon digital, por lo que la normativa "está afectada de un vicio radical" y es nula.

Anulada la orden ministerial del canon por no cumplir los trámites esenciales
Anulada la orden ministerial del canon por no cumplir los trámites esenciales

Madrid.- La Audiencia Nacional reprocha al Gobierno no haber cumplido "ninguno" de los trámites "inexcusables" y "esenciales" para la aprobación de un reglamento como es la orden ministerial de 2008 que regula el canon digital, por lo que la normativa "está afectada de un vicio radical" y es nula.

Este es el argumento que la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha empleado en las seis sentencias notificadas hoy en las que anula la orden del Ejecutivo, tal como pedían la Asociación de Internautas y Motorola, entre otros.

En concreto, la Audiencia entiende que la orden es un reglamento ejecutivo de una ley, y no un acto administrativo, ya que "tiene vocación de ser aplicada reiteradamente de tal forma que su repetida aplicación no solo no agota sus efectos, sino que refuerza su vigencia".

Además, a diferencia de los actos administrativos, la norma -que regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago del canon y las cuantías en cada uno de ellos-, es "de carácter general y abstracto" y está dirigida a una pluralidad de destinatarios definidos en principio de forma anónima.

Por todo ello, el tribunal sostiene que debería haber contado con "la memoria justificativa de la necesidad y oportunidad de la disposición reglamentaria y la memoria económica", además del dictamen del Consejo de Estado.

"Ninguno de dichos trámites se han respetado, por lo que la Audiencia Nacional estima que la orden está afectada de un vicio radical", concluyen las resoluciones, que no son firmes, ya que contra ellas cabe recurso de casación en el Tribunal Supremo.

En una de las sentencias, la sala señala que "es claro el elemento cualitativo de innovación del ordenamiento jurídico que vino a entronizar la orden en cuestión, que hacía inexcusable la consulta del Consejo de Estado".

Igualmente, califica de "esencial" en el procedimiento de elaboración de las normas reglamentarias las memorias justificativa y económica, de las que también se ha prescindido.

Recuerda además que fue el propio Ministerio de Economía y Hacienda en su informe preceptivo el que denunció la ausencia de las referidas memorias y aconsejó que el proyecto incluyera los datos según los cuales se había calculado un perjuicio anual de entre 34,8 y 37,2 millones de euros para libros, y de entre 75,4 y 80,6 millones para soportes audiovisuales.

No obstante, la Audiencia Nacional no accede a las pretensiones de algunos recurrentes que solicitaban la devolución de lo recaudado por el canon digital porque considera que no es competente para resolver tales peticiones, dada la naturaleza jurídico-privada del canon digital.

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