La Generalitat recuerda que la ley sancionada por el TC ya no está vigente

  • La Generalitat ha quitado hierro a que el Constitucional haya anulado un precepto de la normativa catalana que establece la graduación de las infracciones a los derechos de los consumidores, por considerar que "diagnostica sobre un muerto" al ser una ley "no vigente" y haber sido sustituida por otra.

Barcelona, 16 oct.- La Generalitat ha quitado hierro a que el Constitucional haya anulado un precepto de la normativa catalana que establece la graduación de las infracciones a los derechos de los consumidores, por considerar que "diagnostica sobre un muerto" al ser una ley "no vigente" y haber sido sustituida por otra.

"Esta normativa ya no está en vigor. Como el TC es tan rápido y veloz...ha dictaminado sobre una ley de 1993 que ya está derogada. Es como si el médico hace un diagnóstico sobre una persona que está muerta, no hay nada que curar porque ya no existe", ha esgrimido el portavoz del Govern, Francesc Homs, en la rueda de prensa posterior al Consell Executiu.

El TC ha anulado el artículo 30 de la Ley del Parlament 3/1993 del Estatuto del Consumidor, en el que se basan muchas de las sanciones a establecimientos que no informan de sus servicios en catalán.

Sin embargo, Homs ha señalado que "no se hace referencia al tema del catalán, sino a la capacidad sancionadora que afectaría a otras autonomías que tuvieran un artículo igual", una capacidad que recogen otras normativas en vigor y que la Generalitat piensa seguir aplicando.

La sentencia deriva de una cuestión de inconstitucionalidad elevada por el titular de un juzgado contencioso-administrativo de Barcelona ante el que se impugnaron dos sanciones a un comercio por no ofrecer información de sus servicios en catalán y por la inclusión de cláusulas abusivas.

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