Condenado a cinco meses de cárcel por maltratar a su esposa impedida

  • Un hombre ha sido condenado a cinco meses de cárcel por maltratar a su esposa impedida, quien sufre un cuadro de "patologías multiorgánicas" por lo que su movilidad se encuentra "muy reducida".

San Sebastián, 29 oct.- Un hombre ha sido condenado a cinco meses de cárcel por maltratar a su esposa impedida, quien sufre un cuadro de "patologías multiorgánicas" por lo que su movilidad se encuentra "muy reducida".

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso Efe, los hechos se produjeron el 11 de septiembre de 2010 en el domicilio familiar de una localidad del interior de Gipuzkoa, en el que el matrimonio convivía con un hijo aquejado de una "gran minusvalía".

El escrito judicial explica que aquel día el procesado llegó a la vivienda sobre las 22.00 horas "con síntomas de embriaguez", se dirigió hacia su esposa que se encontraba sentada en un sillón de la sala, y le metió la mano en la boca "con intención de agarrarle la lengua", al tiempo que le ponía un cojín en la cara, momento en el que la víctima "cogió una muleta que tenía a su alcance y le golpeó", con lo que pudo zafarse de su agresor.

La sentencia explica que la mujer no pudo acudir a declarar el día del juicio, al considerar el médico forense que no se encontraba "en condiciones de desplazarse" a testificar debido a "su reducida movilidad" y su "patología multiorgánica de evolución crónica", por lo que durante la vista oral fue necesario leer la declaración que había prestado con anterioridad durante el período de instrucción.

Este testimonio, en el que la mujer relataba la agresión de su marido, fue corroborado por las declaraciones de un segundo hijo del matrimonio que no padece patología alguna y que explicó en la vista oral que cuando acudió al domicilio familiar se encontró a su madre en el pasillo "con sangre en la cara" y que ésta le dijo que le había pegado su padre, quien se encontraba borracho, dormido y "también presentaba arañazos".

La versión de la víctima también fue ratificada por una trabajadora social que acudió al lugar, le informó de sus derechos y le acompañó a comisaría a denunciar, así como a un centro médico donde la agredida fue atendida de las lesiones que presentaba en el pecho, un hombro y en los brazos.

Por estos motivos, la sentencia considera que, "en base a la prueba practicada", existe "prueba de cargo razonable y suficiente para estimar que el acusado agredió a su esposa", le condena a cinco meses de prisión y le prohíbe aproximarse a su mujer o comunicarse con ella durante un año como responsable de un delito de maltrato no habitual con la atenuante analógica de embriaguez.

Sin embargo, absuelve al hombre de un delito de amenazas y de una falta de injurias de los que había sido acusado por la víctima, al entender que en el juicio no quedó probado que la insultara llamándole "payasa" ni que le intimidara diciéndole "te voy a matar", ya que en estos puntos no hay elementos que corroboren la versión de la agredida.

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