Condenan al SCS por las secuelas de un paciente al que tardó en diagnosticar

  • El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha determinado que el Servicio Cántabro de Salud (SCS) deberá pagar una indemnización de casi 36.000 euros a un paciente que le ha denunciado por un fallo de la atención médica.

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una condena al Servicio Cántabro de Salud (SCS) que deberá abonar casi 36.000 euros a un paciente por las secuelas respiratorias que le han quedado por un diagnóstico tardío.

Según se explica en una sentencia conocida este miércoles, el hombre acudió al Hospital Universitario Marqués de Valdecilla el 21 de junio de 2006 después de sufrir un accidente laboral en el que recibió un fuerte golpe en un costado por el impacto de la pluma de una grúa de 90 kilos de peso.

En el hospital le realizaron una radiografía del costado, pero no se detectó que tenía tres facturas de costillas y un derrame subpulmonar.

Días después, el 27 de junio, el trabajador tuvo que volver a Valdecilla, le repitieron la radiografía y le diagnosticaron una fisura, pero siguió sin detectarse el derrame. Y el día 17 de julio ese derrame era ya "masivo".

El retraso en la detección ha provocado que el hombre tenga ahora como secuelas fibrotórax, síndrome ventilatorio restrictivo y dolor costal crónico.

El perito judicial sostiene que ante un golpe como el que recibió el trabajador se debería haber realizado una radiografía de tórax, no solo del costado, para descartar los daños internos.

Además, tanto el perito como un médico particular que atendió al paciente sostienen que en la segunda radiografía de costado se aprecia el derrame que, sin embargo, no fue visto por los profesionales de Valdecilla.

En su defensa, el SCS alegaba que aunque se hubiera detectado antes el derrame, no se ha probado que fuera lo suficientemente grande para haber empezado su tratamiento.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC rechaza sus argumentos y recalca que si tanto el perito como el médico particular ven en la segunda radiografía lo que el personal del Hospital no vio, es evidente que el servicio no funcionó adecuadamente y que es responsable de las secuelas, que se podían haber minimizado.

Por ello, desestima un recurso del Gobierno regional y confirma la sentencia que dictó ya en mayo de 2011 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander condenando al SCS a indemnizar al paciente.

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