Fiscal responde a víctimas que no puede encarcelar etarras hasta decisión TS

  • El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha respondido en una carta a la asociación Dignidad y Justicia que no puede adoptar medidas para encarcelar a los etarras Santi Potros y Alberto Plazaola hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos contra su liberación, que se dictó en base a una normativa europea.

Madrid, 15 ene.- El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, ha respondido en una carta a la asociación Dignidad y Justicia que no puede adoptar medidas para encarcelar a los etarras Santi Potros y Alberto Plazaola hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos contra su liberación, que se dictó en base a una normativa europea.

En la carta, Zaragoza aclara al presidente de la asociación, Daniel Portero, que si bien su Fiscalía no comparte el criterio fijado por la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para excarcelar a los etarras, no puede ordenar su encarcelamiento hasta que se pronuncie el Supremo.

La Fiscalía presentó sendos recursos ante ese tribunal contra la liberación de los etarras a raíz de una normativa europea de acumulación de condenas cumplidas en Francia, pero el Tribunal Supremo se pronunció el pasado martes en contra de esa acumulación para el caso de otro etarra, Kepa Pikabea.

Zaragoza aprovecha para trasladar a Portero su "más sincero reconocimiento por la necesaria y extraordinaria labor que desarrollan las asociaciones de víctimas del terrorismo y, sobre todo, por el apoyo que prestan a esta Fiscalía en el ejercicio de las funciones que tiene legalmente encomendadas, particularmente en la protección y tutela de los derechos de las víctimas, cuya actuación está inspirada en los principios de legalidad e imparcialidad".

Para apoyar la negativa a adoptar medidas cautelares contra los dos etarras, Zaragoza menciona en su misiva un informe del teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, que expone los argumentos por los que no es posible hacerlo.

En ese informe, Alonso explica que la resolución del Supremo del pasado martes aún no ha sido notificada ni escrita y que no se sabe si se aplicará también a los casos de estos dos etarras liberados por la Audiencia Nacional.

"Nos encontramos en un vacío que no puede ser rellenado con voluntarismos y extrapolaciones de manifestaciones vertidas a los medios de comunicación, por cuanto no se sabe la extensión de lo acordado", afirma el teniente fiscal.

Añade que la ley protege especialmente el derecho constitucional a la libertad y este valor fundamental "solo se puede quebrar ante la presencia de una resolución judicial", cosa que no ocurre en este caso.

Por ello, indica que "no existe amparo legal alguno para la adopción de medidas cautelares" respecto a los dos etarras y que hay que estar a la resolución a los recursos del Supremo.

La sección primera de la Audiencia Nacional decidió excarcelar a Potros y Plazaola en aplicación de la decisión marco de la UE de 2008 sobre la acumulación de penas cumplidas en países de la Unión, un día antes de la entrada en vigor de la trasposición de esa norma en la legislación española.

La Fiscalía recurrió la excarcelación de Potros y Plazaola, alegando, entre otros motivos, que la aplicación de la normativa europea es para aquellas condenas que tienen conexión con las dictadas en España y siempre que hayan sido impuestas a partir del 15 de agosto de 2010, lo que no sucede en el caso de ambos etarras.

Mostrar comentarios