Los oncólogos presentan una queja ante el defensor contra el sistema andaluz de salud


La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) ha presentado una queja al Defensor del Pueblo sobre el Acuerdo Marco de Alternativas Terapéuticas Equivalentes de la Consejería de Salud y Bienestar Social de Andalucía, porque consideran que incluir en esta acuerdo los medicamentos oncológicos "es radicalmente contrario a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y discrimina gravemente a los pacientes andaluces".


En los hospitales andaluces la elección del medicamento que se dispensará al paciente no se efectuará por el oncólogo médico según su criterio clínico, sino por el Sistema Andaluz de Salud (SAS) mediante la adjudicación de este Acuerdo Marco basado en motivos económicos, afirma la SEOM.
"En el campo específico de la oncología, esto resulta especialmente relevante y trascendente teniendo en cuenta la naturaleza de las enfermedades a tratar. Concretamente, el Acuerdo Marco incluye tres anticuerpos monoclonales aprobados en España para el tratamiento del cáncer colorrectal metastásico (CCRm) que son: el bevacizumab, el cetuximab y el panitumumab. Estos fármacos oncológicos tienen distintos mecanismos de acción y no son equivalentes terapéuticos, sino fármacos que tienen sus indicaciones específicas", recuerdan los oncólogos.
En cáncer colorrectal metastásico existen dos grandes grupos de pacientes: los que tienen CCRm con el gen KRAS mutado, que representan aproximadamente el 40%, y los que tienen tumores con el gen KRAS nativo, que supone el 60% restante. Para los pacientes con KRAS mutado el único anticuerpo monoclonal con actividad es el bevacizumab ya que el cetuximab y el panitumimab no son activos. Para los pacientes con RAS nativo hay dos opciones de fármacos con actividad: el antiangiogénico bevacizumab y los anticuerpos anti-EGFR, cetuximab y panitumimab, que se pueden administrar de forma secuencial. La intolerancia o resistencia al antiangiogénico no implica una intolerancia o resistencia al anti-EGFR o viceversa. Por todo ello, la selección del mejor tratamiento debe dirigirse de manera personalizada y debe basarse en las características moleculares del tumor y las características clínicas del paciente oncológico, explica la SEOM en un comunicado.
La Ley de Cohesión, al regular las garantías de las prestaciones del SNS, establece en su artículo 23 que "todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) tendrán acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta Ley en condiciones de igualdad efectiva" así como que "el acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta Ley se garantizará con independencia del lugar del territorio nacional en que se encuentren en cada momento los usuarios del Sistema Nacional de Salud" (artículo 24.1), concluye esta sociedad médica.

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