Miguel Ángel Perera: una pensión de 3.000 euros mensuales a su exmujer

  • MADRID, 25 (CHANCE) Duro varapalo el que se ha llevado el torero Miguel Ángel Perera. El Tribunal Supremo ha dictaminado una pensión compensatoria de 3.000 euros mensuales durante 3 años a la exmujer del torero, María Eugenia Fernández Martínez. Una pensión de un matrimonio que podríamos considerar fugaz pero bastante rentable para una de las partes.

MADRID, 25 (CHANCE)

Duro varapalo el que se ha llevado el torero Miguel Ángel Perera. El Tribunal Supremo ha dictaminado una pensión compensatoria de 3.000 euros mensuales durante 3 años a la exmujer del torero, María Eugenia Fernández Martínez. Una pensión de un matrimonio que podríamos considerar fugaz pero bastante rentable para una de las partes.

Perera y Mª Eugenia se casaron en octubre del año 2008 para en un año, diciembre de 2009, separarse. No fue hasta marzo del 2013 cuando la justicia por fin concedía el ansiado divorcio, pues el torero lo necesitaba para casarse con su actual esposa, Verónica Gutiérrez, hija del diestro 'El Niño de la Capea' y madre de su única hija, Carmen.

Fue curiosamente en octubre del 2013, cinco años desde su primera boda, cuando la pareja se daba el ansiado 'sí quiero'.Una batalla legal que ha llegado definitivamente a su fin pero no en beneficio de Perera, que comienza el 2016 con una mala noticia y un desembolso de una gran cuantía monetaria.

De esta manera, la justicia da la razón a María Eugenia y desestima el planteado por parte de Miguel Ángel Perera a la sentencia del pasado 31 de marzo de 2014, que fijaba en 3 años la duración de la pensión compensatoria de 3.000 euros al mes. Haciendo cálculos saldrían más o menos a unos 108.000 euros.

El alto tribunal señala que en supuestos (como el de Perera y su primera mujer) de convivencia more uxorio (pareja de hecho) seguida de matrimonio sin solución de continuidad, podrá tenerse en cuenta esa convivencia precedente para decidir sobre la pensión compensatoria prevista en el artículo 97 del Código Civil, consecuencia de la ruptura de la convivencia matrimonial.

Según se puede leer en la propia sentencia facilitida, María Eugenia Fernández Martínez carecía en los momentos que se produjo la ruptura de la convivencia, "de los ingresos derivados de su

actividad laboral mientras que la economía familiar estuvo integrada

fundamentalmente por los ingresos del marido, derivados tanto de su

actividad profesional de matador de toros como de los beneficios

obtenidos por sus inversiones".

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