Se aprueba la nueva Ley de Extranjería, que limita la reagrupación familiar a la pareja y los hijos menores

  • Esta reforma, la cuarta en ocho años de esta ley, cuenta con el respaldo de CiU y CC, porque reconoce a las autonomías en la gestión de los flujos y los menores inmigrantes, mientras que PNV vota en contra al contemplar su requisito de hacer un reparto ponderado entre las diferentes comunidades de los menores desamparados.
Agencias
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A partir de ahora las comunidades autónomas ganan peso en la gestión de la inmigración gracias a la reforma de la Ley de Extranjería, que, además, limitará la reagrupación familiar al conyuge o similar y a los hijos menores. Éstas son dos de las principales características de la nueva norma aprobada hoy por el Congreso de los Diputados, que ha sido criticada por las ONG.

Los socialistas han logrado el apoyo de CiU y de Coalición Canaria precisamente por el reconocimiento de las competencias autonómicas que recoge el nuevo texto normativo en torno a la inmigración. Así, el Pleno del Congreso de los Diputados ha dado hoy luz verde por 180 votos a favor a esta reforma y con 163 votos en contra y 3 abstenciones. Entre los votos en contra destacan los de los grupo de PNV, que finalmente no apoyó el texto porque no incorporó su propuesta de establecer un reparto ponderado de los menores inmigrantes desamparados entre las comunidades autónomas.

La nueva ley ampliará a 60 días el plazo máximo que un inmigrante puede estar privado de libertad en espera de expulsión, limita la reagrupación familiar al cónyuge o análogo e hijos menores, contempla la regularización por violencia de género, refuerza las competencias de las autonomías sobre la extranjería y endurece las sanciones para quienes promuevan la inmigración irregular o el tráfico de personas, entre otras medidas.

Para el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, que compareció en el hemiciclo para agradecer el trabajo de los grupos parlamentarios, "el tiempo determinará que esta ha sido una buena corrección y es una buena ley" porque ha modificado "elementos que discriminaban" a los extranjeros y ha incorporado la perspectiva de la integración.

"España tiene dos retos: apostar por una inmigración regular y legal (...) y apostar decididamente por un proyecto de integración", explicó Corbacho durante su intervención, para incidir en que esta ley "amplíar y reconoce a las autoridades que deben hacerlo posible" porque consolida las capacidades reconocidas a las autonomías en materia de inmigración.

El PP se siente excluido

Sin embargo, el portavoz del PP en la materia, Antonio Hernando, ha subrayado que el reconocimiento de competencias, como gestionar los permisos iniciales de trabajo o negociar acuerdos bilaterales de colaboración con los países de origen de la inmigración, "no tiene encaje constitucional", aumentará "la inseguridad jurídica" y supondrá "el colapso de los tribunales superiores de justicia".

Asimismo, Hernando criticó que la reforma haya salido adelante sin acuerdo con el principal partido de la oposición. "Nos han excluído; han preferido un acuerdo minimalista, un mal acuerdo, que un gran pacto", sentenció el diputado, quien definió la nueva ley como "arbitraria, excluyente y acompañada de un presupuesto mezquino que va incidir en la falta de integración".

Desde IU-ICV-ERC el voto negativo se justificó por desacuerdo con la ampliación a 60 días del plazo de internamiento de extranjeros, la restricción "innecesaria" de la reagrupación familiar y la falta de incorporación en la ley de referencias al derecho a voto de todos los inmigrantes o a la nacionalización en menos de cinco años para los no latinoamericanos, conforme explicaron los portavoces Joan Herrera (ICV) y Joan Tardá (ERC) en sus intervenciones.

Esta modificación, la cuarta de extranjería en ocho años, comenzó su andadura el pasado 26 de junio, cuando el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto de reforma y ordenó su tramitación por vía de urgencia. La nueva ley de Extranjería entrará en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Aspectos más relevantes:

- Reconoce los derechos de reunión y manifestación, asociación, sindicación y huelga de los extranjeros.

- Derecho a la educación hasta los 18 años y asistencia jurídica gratuita.

- Se amplía el plazo de internamiento que pasará a los 60 días desde los 40 que se aplican actualmente y se concede un plazo de cumplimiento voluntario de la orden de expulsión.

- La nueva norma acota la reagrupación básicamente a la familia nuclear. La novedad es la inclusión en esta categoría a las parejas de hecho; en cambio limita la reagrupación de los ascendientes a los mayores de 65 años.

- Crea un registro para controlar las entradas y salidas de extranjeros.

- Por primera vez, a las extranjeras víctimas de violencia machista se les ofrece la posibilidad de obtener una autorización por circunstancias excepcionales para facilitar la denuncia. Si hay condena se le concede el permiso de residencia y trabajo, en caso contrario, y si es ilegal, se tramita un expediente sancionador.

- Consolida la política migratoria que vincula la llegada de nuevos inmigrantes a las necesidades del mercado de trabajo, regulando con mayor concreción la situación nacional de empleo en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura y limitando las autorizaciones iniciales a una ocupación y ámbito territorial.

- Prevé nuevas infracciones para evitar actuaciones fraudulentas, como los matrimonios de conveniencia, la promoción de la inmigración irregular por medios indirectos o el falseamiento de los datos para el empadronamiento.

- Aumenta las sanciones económicas para todas las infracciones, que pueden alcanzar hasta los 750.000 euros.

- Permite que las CCAA firmen acuerdos con los países de origen de menores extranjeros no acompañados, y el Estado y las CCAA podrán establecer convenios con ONG, fundaciones y entidades dedicadas a la protección de menores para atribuirles su tutela.

- Considera infracciones graves y/o muy graves: trabajar sin permiso; no dar de alta al trabajador en la Seguridad Social; promover la permanencia irregular y consentir la inscripción de un extranjero en el padrón por parte del titular de una vivienda cuando no es su domicilio real, entre otros.

- La expulsión llevará consigo la prohibición de entrada en el país, que no excederá de los cinco años; excepcionalmente, cuando el extranjero suponga una amenaza para el orden público y seguridad nacional, podrá ampliarse el periodo hasta diez años.

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