Una jueza archiva la causa del doctor Montes contra el exconsejero Lamela

  • Madrid.- La titular del Juzgado 43 de Madrid ha dictaminado el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones por la causa emprendida por el doctor Luis Montes contra el ex consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid Manuel Lamela, por un presunto delito de denuncia falsa.

El consejero de Sanidad de Madrid dice que el auto ratifica que lo que hizo Lamela era lo correcto
El consejero de Sanidad de Madrid dice que el auto ratifica que lo que hizo Lamela era lo correcto

Madrid.- La titular del Juzgado 43 de Madrid ha dictaminado el sobreseimiento libre y el archivo de las actuaciones por la causa emprendida por el doctor Luis Montes contra el ex consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid Manuel Lamela, por un presunto delito de denuncia falsa.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha informado hoy de esa decisión de la jueza en relación con la querella presentada en enero de 2009 por Montes y su colega Miguel Ángel López Varas contra Lamela y otros cinco funcionarios de Sanidad.

Esa causa tiene su origen en el llamado "caso de las sedaciones", que se remonta a marzo de 2005, cuando Lamela, que entonces era consejero de Sanidad, retiró a Montes, coordinador del servicio de Urgencias del Hospital Severo Ochoa de Leganés y a López Varas por "supuesta mala praxis en la administración de fármacos" a pacientes terminales.

En enero de 2008 la Audiencia Provincial ratificó el sobreseimiento y archivo del caso y ordenó que se suprimiera toda referencia a la posible mala práctica de los médicos.

Un año después, Montes y López Varas interpusieron una querella contra Manuel Lamela y varios médicos integrantes del Comité de Expertos por denuncia falsa.

En su auto, la titular del Juzgado 43 de Madrid asegura que de los hechos analizaos se puede deducir "que el imputado Lamela no llegó a realizar ninguna actividad o conducta que permita sostener" que ha presentado una denuncia falsa.

"Los querellados, en el peor escenario jurídico-penal para ellos, tan sólo se limitaron a, conforme a su ciencia y saber, a emitir un informe, sin que conste que en su confección siguieran expresas o tácitas indicaciones de otras personas y sin concierto para el aprovechamiento de documentación falseada", apunta el auto.

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