(AMPLIACIÓN) LA AUDIENCIA NACIONAL ADMITE UNA QUERELLA CONTRA BLESA Y 19 EXDIRECTIVOS DE CAJA MADRID POR PRESUNTA ESTAFA EN LA CONCESIÓN DE HIPOTECAS

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha admitido una querella presentada por dos particulares contra una veintena de exresponsables de Caja Madrid por presuntos delitos de estafa, administración desleal, asociación ilícita y los que puedan surgir en el transcurso de la investigación, por la concesión sistemática de préstamos hipotecarios con tasaciones sobrevaloradas entre 2003 y 2009.
En principio el juez comenzará tomando declaración como investigados al entonces presidente Miguel Blesa, a Ildefonso Sánchez Barcoj como responsable de la Dirección General Financiera y de Medios, al exgerente de riesgos Ramón Martínez Vílchez y al ex director general de Tasaciones Madrid Ignacio de Navascués.
Además, aunque la sucesora societaria de Caja Madrid es la Fundación Montemadrid, el magistrado requiere a Bankia que le certifique quiénes integraban entre 2003 y 2009 el Consejo de Administración de la entidad, la Comisión Ejecutiva, la Comisión de Control, la Dirección General Financiera y de Medios y la Gerencia de Riesgos.
La querella que ahora se va a investigar relata conductas acontecidas en Caja Madrid entre 2003 y 2009, en el período anterior al estallido de la crisis y en plena expansión de la burbuja inmobiliaria, en relación con lo que los querellantes califican de "práctica sistemática de sobrevalorar inmuebles constituidos en garantías de préstamos hipotecarios y la concesión de préstamos que no debieron haberse concedido".
La Fiscalía Anticorrupción se había opuesto a la admisión de la querella argumentando, entre otras razones, que esa práctica de sobrevalorar las tasaciones fue generalizada y que los hechos de la querella no tenían relevancia penal.
En su auto, el juez argumenta que procede investigar las conductas denunciadas en la querella y que, de tener relevancia penal, encajarían en delitos que son competencia de la Audiencia Nacional, en tanto que esos hechos habrían ocasionado una grave repercusión en la economía nacional, al haber afectado a miles de clientes y haber producido pérdidas millonarias a la entidad.
PRÁCTICA INJUSTIFICABLE
El juez añade que "el hecho de que la sobrevaloración de las tasaciones pudiera haber sido en España y otros países una práctica generalizada en el período anterior al estallido de la crisis de 2008 y en plena expansión de la burbuja inmobiliaria, no puede sin embargo justificar cualquier práctica".
Después de incorporar un informe de la Inspección del Banco de España, el magistrado concluye que en esta fase inicial se sustenta indiciariamente en que la tasadora del grupo Tasaciones Madrid valoraba de forma sistemática los inmuebles hipotecados por encima del precio de los mismos; "que al abrigo de estas sobretasaciones se concedían de forma sistemática préstamos por encima del 100% del precio de compraventa de los inmuebles hipotecados; que se concedían préstamos hipotecarios de 20 o más años a personas extranjeras con permisos temporales de residencia y trabajos de uno o dos años de validez; y, por ende, que debido a estos factores derivaron en una cartera hipotecaria de alto riesgo que en ciclos de recesión, como el actual, explicaron la mayor mora comparada con el resto de las entidades del sistema y, subsiguientemente, la acumulación de pérdidas para la entidad".
En relación con las mencionadas pérdidas, el juez recuerda la posición destacada de la entidad en el mercado financiero español, que llegó a tener millones de clientes y un negocio crediticio de 186.000 millones euros, así como el impacto que ha originado en el sistema económico español su situación financiera, "y los miles de millones de caudales públicos que han debido de ser inyectados en la misma para sanearla".
Para iniciar la investigación el juez requiere a Bankia numerosa documentación, entre otra los documentos sobre su política de 'scoring' o sistema de evaluación ante las solicitudes de préstamos en los años cuestionados, así como informes de tasaciones realizados.
En su auto, el juez indica que la entidad mantuvo una “agresiva política comercial” entre 2005 y 2007 que, “unida a la ausencia de unas políticas claras” respecto a los criterios de concesión de créditos, motivó que en los ejercicios 2006 a 2008 el peso de las operaciones que debían haber sido rechazadas de acuerdo con el 'scorig' aumentó tanto para clientes como para no clientes.
En muchos casos, “las operaciones analizadas estaban mal concedidas desde su inicio a clientes sin ingresos regulares o con ratios de endeudamiento elevados”. Estas actuaciones hicieron que la tasa de mora pasara del 0,31% en diciembre de 2005 al 8,4% en marzo de 2009.

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