IMPUESTOS. LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN PIDEN QUE LOS VINOS DULCES COMO EL JEREZ QUEDEN EXCLUIDOS DE LA SUBIDA

La Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas (Cecrv) rechazó este miércoles la inclusión por parte del Gobierno de los productos intermedios en la subida de impuestos especiales, lo que provoca que algunos productos vitivinícolas se vean afectados por un impuesto especial del 5%, lo que afecta a denominaciones de origen históricas como Jerez y Manzanilla de Sanlúcar, Montilla-Moriles, Málaga o Condado de Huelva.
En un comunicado, la Cecrv afirmó que estas bebidas, que no dejan de pertenecer a la familia del vino, “se encuentran injustamente discriminadas por esta decisión”, al pasar a estar gravadas con un impuesto especial del 5%.
“Es un grave error", sostienen los consejos reguladores, "que estos tipos de productos sean gravados impositivamente y, por tanto, que el Gobierno haya incluido estos productos vitivinícolas en la subida de impuestos aprobada, al tratarse de productos identificativos de sus respectivas zonas, que llevan el nombre de éstas por el mundo.
La Cecrv añadió que estos caldos tienen "una historia centenaria y con un arraigo y un valor cultural que han contribuido y contribuyen al desarrollo cultural y económico de estos territorios y que refuerzan y hacen aumentar el valor de la marca España en los mercados internacionales”.
Además, esta entidad reguladora defendió que “la función social que cumple la vitivinicultura de estas denominaciones de origen, contribuyendo a fijar población a estos territorios, a abrir unas oportunidades de trabajo sostenible que permitan a los jóvenes incorporarse al mercado laboral, además de contribuir a la riqueza económica”.
Por ello, Cecrv estimó que la subida de impuestos, de la que pide su exclusión, es “un error grave que puede provocar un daño económico en términos de pérdida de puestos de trabajo y de ingresos para sus poblaciones mucho más grande que el impacto recaudatorio que para las arcas públicas pueda suponer el impuesto especial al que van a estar sujetos estos productos intermedios”.

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