LA REFORMA DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS COOPERATIVAS DE CRÉDITO ENTRA EN VIGOR MAÑANA

El nuevo real decreto de medidas urgentes en materia financiera, cuyo objetivo es reformar el régimen jurídico de las cooperativas de crédito, entrará en vigor mañana, domingo, tras su publicación hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El sector de las cooperativas de crédito supone el 6% del sistema crediticio y tiene una gran relevancia en la financiación de agentes económicos de menor tamaño del sector agrario, industrial y profesional, tales como pymes, autónomos o emprendedores.
Con esta norma, según el Gobierno, se favorecen los procesos que contribuyan al fortalecimiento y a aumentar la resistencia de estas entidades, en concreto, mediante la constitución de los denominados Mecanismos Institucionales de Protección (MIP).
Las entidades que integran estos MIP tienen un perfil de riesgo menor al aumentar su solvencia, lo que permitirá reducir los requerimientos mínimos de pasivos capaces de absorber pérdidas a efectos de una eventual resolución y las aportaciones que las entidades integrantes deben realizar al Fondo de Garantía de Depósitos.
El decreto también prevé medidas para potenciar el buen funcionamiento de los MIP, como es que las operaciones desarrolladas por una cooperativa con las otras entidades integrantes del MIP del que forma parte no computarán a efectos del límite para las operaciones activas con terceros del 50% de los recursos totales.
Por otra parte, el decreto recoge la creación de una nueva categoría de pasivos que pueden emitir todas las entidades de crédito: crédito ordinario no preferente o deuda senior ‘non-preferred’.
Se trata de una nueva categoría de instrumentos financieros a efectos regulatorios con el fin de facilitar el cumplimiento del requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles por parte de las entidades.
La idea es que este nuevo instrumento tenga un orden de prelación (en caso de resolución o concurso) inferior al resto de créditos ordinarios pero superior a la deuda subordinada.

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