(ampliación) el gobierno obligará el arbitraje cuando no haya acuerdo sobre los convenios


El Gobierno obligará a que, cuando la negociación de un convenio no concluya con acuerdo, el proceso sea resuelto mediante el arbitraje, según la reforma de la negociación colectiva aprobada este viernes por el Consejo de Ministros.
Esta reforma establece que las organizaciones sindicales y empresariales deberán incluir en los acuerdos interconfederales la aplicación automática de un proceso de arbitraje cuando no haya acuerdo para la renovación del convenio.
Además, durante el periodo transitorio de aplicación de la reforma, que es de un año (hasta el 30 de junio de 2012), es el propio Gobierno el que establece que el arbitraje será obligatorio si no hay consenso entre trabajadores y empresas.
De esta forma, hasta el 30 de junio o hasta que se firmen los acuerdos interconfederales, el arbitraje vendrá impuesto por la reforma; mientras que a partir de entonces serán los propios acuerdos los que deberán imponer este tipo de resolución de los conflictos.
En el caso de que los acuerdos interconfederales no establezcan el arbitraje obligatorio, volverá a aplicarse la reforma; por lo que, en la práctica, en todos los casos deberá solucionarse el conflicto por esta vía.
La reforma establece también el plazo máximo de negociación que los representantes de los trabajadores y las empresas tendrán para acordar la renovación del convenio o para elaborar uno nuevo.
Este plazo máximo será de 8 meses para las negociaciones de convenios que tengan una duración inferior de dos años, y de hasta 14 meses para los que superen este tiempo.
Durante este periodo, tal y como ocurría hasta ahora, se mantendrán las condiciones estipuladas en el convenio anterior excepto las que tengan que ver con la revalorización de los salarios.
El hecho de que la reforma de la negociación colectiva imponga el arbitraje, hace que no sea necesaria la introducción de una de las cláusulas que ya recogía el borrador y que estipulaba que, si no había acuerdo y tampoco había un procedimiento judicial o extrajudicial, se mantendría el convenio anterior.
DESCUELGUE DEL CONVENIO
La reforma también establece un plazo, aunque más pequeño, para la negociación de los procesos de descuelgue de los convenios y de modificación sustancial de las condiciones de los mismos, que deberán contar también con el acuerdo con los trabajadores.
En este caso, la reforma da 15 días a los agentes sociales para lograr un acuerdo antes de remitir el conflicto a un proceso de resolución extrajudicial. En este caso, este proceso puede ser o un arbitraje, o una mediación; mientras que en el caso de la negociación de los convenios sólo puede ser arbitraje.
Lo que no cambia del borrador que el Ejecutivo entregó a los interlocutores sociales esta semana es el porcentaje de la jornada laboral que la empresa podrá distribuir de forma irregular, que se mantiene en el 5%.
La reforma fija también la prevalencia de los convenios de empresas y los provinciales. Así, establece que los convenios de empresa tendrán prioridad de aplicación sobre los sectoriales o de otro ámbito en materia de salario base y complementos salariales.
También será prioritario el convenio de empresa en lo relacionado con el abono o la compensación de horas extraordinarias, así como la fijación del horario o la distribución del tiempo de trabajo, la adaptación del sistema de calificación profesional de los trabajadores, las modalidades de contratación y las medidas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
La reforma refuerza también el papel de las comisiones paritarias, a las que establece la capacidad de atender los conflictos relacionados con la interpretación del convenio y la posibilidad de adaptarlo o modificarlo.
Por último, sobre la reforma de las mutuas y las medidas para reducir el absentismo, que ya lograron un cierto acuerdo con los agentes sociales en el diálogo sobre la negociación colectiva, Gómez señaló que el Ejecutivo espera que se incorpore durante la tramitación parlamentaria de la norma.
“VÍA INTERMEDIA”
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el responsable de Trabajo e Inmigración subrayó que esta reforma “culmina, en lo esencial, el conjunto de las reformas que el Gobierno emprendió durante los últimos meses en desarrollo de la reforma laboral aprobada en septiembre del año pasado”.
En este sentido, el ministro reiteró que el Ejecutivo prefería “una reforma pactada” entre los interlocutores sociales, pero que ante la falta de acuerdo y tras 30 años con el mismo marco regulatorio, “pensamos que era el momento de introducir nuevas reformas en nuestras instituciones laborales”.
Así, Gómez insistió en que el Gobierno ha optado por una “vía intermedia” entre las propuestas que defendieron las organizaciones sindicales y empresariales durante el proceso de diálogo, y añadió que la reforma se basa en esas posiciones en las que el acuerdo era cercano.
De esta forma, subrayó que la reforma “parte de la situación en la que los interlocutores sociales dejaron esta negociación” y en las posturas que defendieron hasta la ruptura del diálogo, propiciado por un documento de CEOE en el que recuperada sus aspiraciones máximas.
De hecho, el ministro subrayó que, aunque las posiciones eran cercanas, “los textos escritos dicen lo contrario”, que había una “cierta lejanía” ya que los empresarios pedían eliminar la ultraactividad de los convenios o dar mucho mayor poder unilateral a las empresas, mientras que los sindicatos decían que la flexibilidad era excesiva.
El responsable de Trabajo defendió el equilibrio de la reforma aprobada por el Gobierno y aseguró que, si los agentes sociales hubieran llegado a un acuerdo en esta materia, “no habría estado muy lejos de esta norma”.

Mostrar comentarios