Andalucía defiende ante TSJA la clara invalidez de la licencia de Algarrobico

  • Los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un escrito en el que defiende la "clara invalidez de la licencia" del hotel de El Algarrobico, construido en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería).

Almería, 28 may.- Los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) un escrito en el que defiende la "clara invalidez de la licencia" del hotel de El Algarrobico, construido en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería).

El escrito, al que ha tenido acceso Efe, traslada al Alto Tribunal andaluz la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 21 de marzo en la que se confirma que el complejo hotelero invade parcialmente el dominio público marítimo-terrestre, al situar en cien metros el deslinde urbanístico, tal y como estableció la Audiencia Nacional en un fallo de 2008.

El letrado de la Junta apunta en el escrito que la sentencia del Supremo establece que "de lo actuado en la vía previa se deduce que no se produjo la revisión del Plan Parcial del sector R-5", donde se sitúa el hotel, "para ajustarlo a las previsiones en cuanto a la anchura de la servidumbre de protección de la Ley de Costas".

Los servicios jurídicos de la administración autonómica consideran que ello "determina la clara invalidez de la licencia" concedida en 2003 por el Ayuntamiento de Carboneras a la promotora, Azata del Sol, y sobre la que se tiene que pronunciar todavía el TSJA.

El escrito de la Junta subraya que "esta postura ha sido avalada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo", a través de una sentencia del 8 de abril de 2008 que ya ha sido aplicada en otros procedimientos judiciales.

Añade que "la aplicación de la jurisprudencia citada solventaría un problema jurídico de suyo ya complejo, dilatado en el tiempo", a la vez que sería "acorde con el derecho de defensa de todas las partes, ya que todas ellas han tenido ocasión de proyectar sus argumentos de defensa de sus posiciones".

Ello permite "aplicar sin mayor dilación la jurisprudencia citada, en aras al principio de economía procesal que señala la propia sentencia" del Supremo, concluye.

La licencia de obras es uno de los aspectos clave en torno al hotel de El Algarrobico y sobre el que debe pronunciarse el TSJA.

El Supremo confirmó en la sentencia del pasado mes de marzo que el hotel contraviene la Ley de Costas y, con anterioridad, el pasado mes de septiembre, ratificó la suspensión parcial del Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de 2008 acordada de forma cautelar por el TSJA.

En este último fallo, el Supremo advertía de que la aplicación del PORN de 2008 podría provocar "un efecto devastador en relación a la construcción y utilización del establecimiento hotelero situado en la zona El Algarrobico", y señalaba que la zona "queda mejor amparada" en el PORN de 1994, que otorga "más intensa y mejor protección ambiental".

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