Aprobadas las normas básicas para verificar las emisiones de los operadores aéreos


El Consejo de Ministros aprobó este viernes un real decreto que establece las normas básicas que han de regir los sistemas de acreditación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero de los operadores aéreos, así como sus datos de toneladas-kilómetro.
La ley que regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (recientemente reformada) establece que los operadores aéreos deben presentar los informes de emisiones de gases de efecto invernadero y los datos de toneladas-kilómetro correspondientes a 2010 antes del próximo 28 de febrero.
Para el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, la notificación de esta información "reviste importancia", porque los datos de toneladas-kilómetro serán la base para la asignación gratuita de derechos de emisión en 2012 y en el periodo 2013-2020.
Además, los datos de las emisiones de 2010 serán empleados para hacer el reparto de derechos de emisión a subastar entre los Estados miembros.
Ya que todas las solicitudes de asignación tienen que ser verificadas, ha sido necesario el desarrollo de un real decreto que regule la acreditación de los verificadores que pueden desempeñar las mismas, así como los criterios básicos que deben seguirse en dicha verificación.

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