Cambio de domicilio o estado civil

Cambios personales que el contribuyente debe reflejar en la declaración de la Renta

Los contribuyentes deben notificar los cambios que han registrado en el año a declarar -2022-, que puedan influir en la declaración a la hora de comenzar a preparar el borrador.

Declaración de la Renta 2022
Cambios personales que el contribuyente debe reflejar en la declaración de la Renta.
Europa Press

La Agencia Tributaria espera recibir casi 23 millones de declaraciones hasta el próximo día 30 de junio. Durante la Campaña de declaración de la Renta los contribuyentes con obligación de presentarla deberán ajustar cuentas con Hacienda sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

En concreto, a través de este trámite se ajusta la diferencia entre las retenciones ya aplicadas y el tipo impositivo que corresponde según las circunstancias familiares. Sobre los rendimientos obtenidos se aplican diferentes deducciones y reducciones que varían, incluso entre Comunidades Autónomas.

Para aplicar estas reducciones o deducciones hay que tener en cuenta la situación personal de cada contribuyente. Por eso, a la hora de preparar la declaración de la Renta es importante recopilar los ingresos obtenidos, pero también todos los datos personales que hayan podido variar.

Novedades que hay que reflejar en la declaración de la Renta

Desde EFPA España explica que “es necesario poner sobre la mesa todos los aspectos que han cambiado en nuestras vidas a lo largo del último año -en este caso, 2022- y que puedan influir en la declaración, a la hora de comenzar a preparar el borrador”.

Por ejemplo, en primer lugar, hay que notificar el cambio de domicilio. Muchas de las deducciones aplicables son autonómicas y, por tanto, varían según el lugar de residencia. Además, si el cambio de residencia supone moverse fuera de España, hay que tener en cuenta que para que una persona sea considerada residente en España -lo que le obliga a declarar el IRPF- tiene que haber vivido como mínimo 183 días.

El nacimiento de hijos también es importante reflejarlo en la declaración de la Renta. De hecho, tiene efectos directos en el caso de las madres por la deducción por maternidad. Quienes tengan hijos menores de tres años pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales. A este importe, además, se puede añadir una deducción de 1.000 euros por gastos de guardería o cuidado.

El estado civil también se debe reflejar en la declaración de la Renta y tendrá efectos para el tratamiento fiscal. Por ejemplo, los contribuyentes que estén registrados como casados tienen opción a presentar la declaración en la modalidad conjunta.

El borrador de la declaración de la Renta ya está disponible para todos los contribuyentes a través de Internet. La Agencia Tributaria tiene un borrador para todos con los datos que tiene guardados, pero es importante comprobarlos ya que la responsabilidad de que haya errores es del contribuyente y sobre él recaerán las sanciones económicas. 

A partir de mayo, del día 5, Hacienda abre el servicio telefónica para ayudar a confeccionar la declaración. Y en junio ya será posible acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para ser atendido presencialmente y confeccionar la declaración de la Renta. En ambos casos, será necesario pedir cita previa

Pese a que la Agencia Tributaria ofrece ayuda para la declaración, el contribuyente debe tener preparada toda la documentación sobre su caso personal. En concreto, en primer lugar, deberá preparar su DNI, número IBAN de su cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles en propiedad o en los que se viva. Además, también será necesario cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. 

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