El Gobierno regula entidades de capital-riesgo-pymes para financiar empresas

  • El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un proyecto de ley que incluye un bloque sobre financiación de actividades económicas y refinanciación de deudas que regula la figura de las entidades de "capital riesgo pymes" como una manera de impulsar la financiación no bancaria de empresas.

Madrid, 4 jul.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un proyecto de ley que incluye un bloque sobre financiación de actividades económicas y refinanciación de deudas que regula la figura de las entidades de "capital riesgo pymes" como una manera de impulsar la financiación no bancaria de empresas.

Según ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se trata de que las sociedades de capital riesgo y también las instituciones de inversión colectiva -fondos de inversión- ayuden en la financiación de empresas, sobre todo, en sus primeras etapas de desarrollo.

En una nota, el Ministerio de Economía señala que estas entidades de capital-riesgo PYME (ECR-PYME) permitirán la creación de fondos de deuda para financiar empresas, en las que podrán invertir al menos un 70 % de su patrimonio tanto a través de instrumentos de capital, como de préstamos participativos y de deuda.

Se flexibiliza el régimen financiero de las entidades de capital-riesgo para que puedan hacer un mayor y mejor uso de los préstamos participativos y puedan distribuir resultados periódicamente.

El proyecto de ley aprobado hoy traspone una directiva comunitaria sobre fondos de inversión a nivel europeo, lo que afecta a las entidades de capital-riesgo, las entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y las instituciones de inversión colectiva no armonizadas, entre las que figuran los fondos de inversión libre o "hegde funds" y los fondos inmobiliarios.

Bastará con que las entidades de capital riesgo y los fondos de inversión se registren ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV); en cuanto a las gestoras, se alivian algunas obligaciones para aquellas que no traten con inversores minoristas y las que no superen un determinado volumen de activos gestionados -100 o 500 millones de euros, según se trate de fondos apalancados o no-.

El Gobierno ha querido extremar los requisitos en lo relativo al control de riesgos, la liquidez y los conflictos de interés, para lo cual se vigilará muy de cerca la política de remuneraciones, que deberá aprobar el órgano directivo y ser evaluada periódicamente.

Al menos el 50 % de la remuneración variable procederá de instituciones gestionadas o intereses de propiedad similares, y al menos el 40 % deberá hacerse de forma diferida.

Tanto inversores institucionales como minoristas podrán invertir en estas entidades de capital riesgo -un mínimo de 100.000 euros-, siempre y cuando declaren por escrito que conocen los riesgos inherentes a la inversión.

El nuevo marco legal contempla también el "pasaporte" para fondos de inversión europeos, que fomente un "mercado interior" de fondos de inversión alternativa.

Por último, a partir de su entrada en vigor los fondos de gestión alternativa podrán gestionar fondos de pensiones, siempre y cuando el actual proyecto de modificación del reglamento de estos productos de ahorro incluya la referencia expresa a este tipo de gestores de fondos.

Sáenz de Santamaría ha indicado que esta es la "segunda generación de reformas" emprendidas por el Gobierno, con las que espera consolidar el crecimiento económico, afianzar la creación de empleo y, sobre todo, "que la recuperación llegue a todos los ciudadanos".

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