El país vasco implanta mañana el copago farmacéutico


El País Vasco implantará mañana, 1 de julio, el denominado copago farmacéutico, que, según el Gobierno autonómico, se aplicará "de la forma menos perjudicial posible para la ciudadanía vasca y para los profesionales concernidos".
El ciudadano que alcance el tope de aportación por persona y mes que le corresponda no tendrá que adelantar más dinero y esperar a que le sea reembolsado con posterioridad, sino que automáticamente dejará de pagar cuando llegue a esa cifra máxima. El copago se implanta a la vez en todos los territorios y en todas las farmacias de la región.
La oposición del Ejecutivo que preside Iñigo Urkullu a esta medida impuesta por el Gobierno de Mariano Rajoy, que considera innecesaria, ha permitido retrasar durante un año su entrada en vigor en Euskadi, que será de hecho la última comunidad autónoma de todo el Estado en implantarla.
La principal consecuencia de la entrada en vigor del copago será que a partir de ahora las recetas tendrán un código TSI de aportación y las personas usuarias deberán abonar el porcentaje asociado a su respectivo TSI, que depende de su situación sociolaboral y nivel de renta.
Hasta ahora, en Euskadi las personas trabajadoras en activo y sus beneficiarios pagaban el 40% del precio de los medicamentos adquiridos con receta oficial. Ahora, quienes tengan rentas por debajo de 18.000 euros seguirán costeando ese 40%, si superan esa cifra pagarán el 50%, y por encima de los 100.000 euros abonarán el 60%.
En el caso de las personas pensionistas, el régimen será diferente: con carácter general, pagarán el 10% del precio del medicamento, con un tope mensual por persona establecido en función de su renta. Así, quienes perciban menos de 18.000 euros pagarán un máximo de 8,14 euros mensual por persona; entre 18.000 y 100.000 euros, 18,32 euros por persona/mes, y en el caso de rentas por encima de 100.000 euros, ese tope asciende a 61,08 euros también por persona/mes. Una vez alcanzados esos topes, no deberán pagar más.
En todos los casos, quedarán exentos los siguientes colectivos: personas afectadas de síndrome tóxico; con discapacidad contemplada en la normativa específica; perceptoras de la Renta de Garantía de Ingresos o de pensiones no contributivas; paradas de larga duración cuando se les haya agotado el subsidio, y en tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

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