El Senado avanza en la aprobación del proyecto de ley de solvencia bancaria

  • La Comisión de Economía del Senado ha aprobado hoy el dictamen de la ponencia del proyecto de ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las entidades de crédito, con lo que se avanza en la ratificación del texto, que aún debe pasar por el pleno de la Cámara Alta.

Madrid, 28 may.- La Comisión de Economía del Senado ha aprobado hoy el dictamen de la ponencia del proyecto de ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las entidades de crédito, con lo que se avanza en la ratificación del texto, que aún debe pasar por el pleno de la Cámara Alta.

En concreto, el dictamen de la ponencia ha contado con 16 votos a favor, 7 en contra, y una abstención.

Durante su debate, el Senado ha rechazo tres vetos presentados al texto del grupo Mixto, del grupo de la Entesa Catalana de Progrés, y el PSOE, que han criticado que la norma incluya una enmienda del PP, aprobada en el Congreso, que otorga al Ministerio de Economía el protectorado de las fundaciones bancarias de las entidades cuyo ámbito principal de actuación exceda al de una comunidad autónoma, lo que según han asegurado, afecta a las competencias.

La norma, que fue aprobada el pasado 7 de febrero por el Gobierno, prevé reforzar el nivel de exigencia hacia el sector financiero en materia de regulación prudencial, e incluye los acuerdos internacionales adoptados en materia de solvencia conocida como Basilea III, que se trasladan mediante un reglamento y una directiva a la normativa española.

En concreto, el proyecto de ley se divide en tres bloques y el primero de ellos aborda el régimen jurídico de las entidades en el que se incluyen los requisitos de autorización, idoneidad, honorabilidad y gobierno corporativo.

El segundo se dedica a la supervisión prudencial y solvencia de las entidades de crédito, así como el régimen sancionador, mientras que el último modifica la Ley de Mercados de Valores para adaptarla a la norma europea.

Así, se adecúa el régimen de las preferentes, se adapta la regulación de los conglomerados financieros y se modifica la composición de la Comisión Gestora del Fondo de Garantía.

En materia de gobierno corporativo y remuneraciones, impone límites al número de consejos en los que puede participar una misma persona (dos si cuenta con funciones ejecutivas y hasta cuatro si no las tiene).

Además, se prohíbe que una misma persona pueda ocupar el cargo de presidente del consejo y de consejero delegado, salvo autorización excepcional del Banco de España.

La norma también limita el sueldo variable y obliga a las entidades a que tengan un comité de remuneraciones y un comité de nombramientos ponderando dicha obligación por el tamaño, la naturaleza y el alcance o complejidad de sus actividades.

Además, todas las entidades deberán publicar las retribuciones totales percibidas anualmente por todos los miembros de su consejo.

En cuanto a la solvencia, la novedad son los colchones de capital que los supervisores pueden exigir por encima de los requisitos mínimos europeos y que obligarán a las entidades a atesorar más capital.

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