La eliminación de las cláusulas suelo, con un impacto de 3.700 millones en la banca

La eliminación de las cláusulas suelo tiene un impacto de 3.700 millones para la banca, según el Gobierno.
La eliminación de las cláusulas suelo tiene un impacto de 3.700 millones para la banca, según el Gobierno.
L.I.

El Gobierno cifra el impacto de la eliminación de las cláusulas suelo para las entidades financieras en unos 3.700 millones de euros en el cierre del ejercicio 2016, de los que, señala, unos 2.100 millones corresponden al efecto de la retroactividad de la sentencia del Tribunal Supremo de 2013.

Así consta en una respuesta parlamentaria remitida por el Ejecutivo al diputado del PSOE Antonio Hurtado, que había solicitado información sobre los efectos de la eliminación de las cláusulas suelo por parte de las entidades bancarias.

Las estimaciones que maneja el Gobierno son las que hacen las propias entidades sobre la base de su experiencia histórica de reclamaciones y el perfil de su cartera. Según señala el Gobierno, la banca cuenta con una cifra de provisiones "ligeramente" superior al impacto previsto.

Además del coste de la eliminación de las cláusulas suelo, Hurtado también pedía acceder al informe del Banco de España sobre las cláusulas suelo, un informe que, responde el Ejecutivo, se encuentra ya publicado el Boletín Oficial de las Cortes Generales de fecha 7 de mayo de 2010.

Según advierte el Ejecutivo, la conclusión de este informe es que, considerando las limitaciones a la bajada del interés una parte del precio del préstamo, las cláusulas suelo "no podrían calificarse como abusivas siempre que se incluyeran en cláusulas redactadas de manera clara y comprensible".Tribunal Supremo

Cabe destacar que, a comienzos de este mes, el Tribunal Supremo ha rechazado revisar los casos de cláusulas suelo resueltos antes del fallo del TJUE. La Sala de lo Civil de ese organismo ha permitido a los afectados obtener la totalidad de todo lo que les fue cobrado indebidamente desde la fecha en la que suscribieron el crédito.

Con anterioridad a la resolución del tribunal europeo, a aquellos afectados que reclamaron y obtuvieron sentencia firme sólo se les devolvió lo cobrado desde el 9 de mayo de 2013, que es la fecha en la que el alto tribunal sentenció sobre la abusividad de estas cláusulas. La resolución dada a conocer este miércoles perpetúa esta situación.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Rafael Sarazá Jimena, rechaza admitir a trámite una demanda que pretendía revisar la sentencia firme dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Torremolinos en octubre de 2016.

Los demandantes alegaban que la sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2016, sobre los efectos restitutorios de la nulidad de la cláusula suelo, es un documento que debe permitir la revisión de la sentencia firme anterior en la que solo se condenó a la restitución de lo indebidamente pagado tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 que declaró la abusividad de este tipo de cláusulas en las hipotecas.

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