Finanzas personales

El único gasto que puede cobrar el banco a los hipotecados que cancelan su hipoteca tras pagar la última cuota

Cuando llega el momento de cancelar de forma definitiva el crédito hipotecario hay que seguir unos pasos. Si pedimos ayuda a la entidad financiera solo nos podrá cobrar por algunos gastos. 

La larga espera de los hipotecados para que baje la letra de la hipoteca por el euríbor
Los hipotecados que acaban de pagar la hipoteca deben tener cuidado para no pagar de más. 
Foto de Andrea Piacquadio / Pexels

Con el euríbor todavía costando  más dinero a los hipotecados que hace un año pensar en cancelar la hipoteca de forma definitiva parece un sueño, pero todo llega. Es en ese momento cuando hay que tener en cuenta esta advertencia del Banco de España (BdE) para no buscar una nota simple que en principio no vas a necesitar. 

Una vez se acaba de pagar la hipoteca es aconsejable proceder a cancelarla en el registro. En este punto hay que saber que lo podemos hacer por cuenta propia o solicitar dicho servicio a la entidad. En este punto debemos saber que sí nos podrá cobrar esos gastos. 

Son muchos los hipotecados que prefieren dejarlo todo en manos del banco y son estos los que deben saber la recomendación del Banco de España si en algún momento el banco nos requiere como requisito previo a la firma de la escritura de cancelación del préstamo la entrega de una nota simple registral.

En estos casos el criterio de buenas prácticas fijado por el Banco de España es que la entidad debe emitir un certificado de deuda cero de forma gratuita y comparecer a la firma de la escritura de cancelación registral ni cobrar por el trámite ni por el desplazamiento a la notaria. 

El BdE recoge en su página web que además este criterio sostiene que no sería necesario que el cliente hiciera entrega a la entidad de una nota simple registral, puesto que es la entidad a la que le corresponde comprobar el abono efectuado por el cliente en la cuenta del préstamo y verificar la cancelación económica. 

Pasos para cancelar la hipoteca

  • Lo primero, pedir a la entidad que expida el 'certificado de deuda cero' para acreditar que hemos terminado de pagar la hipoteca. Es gratuito. 
  • Lo segundo, ver si los trámites notariales y registrales los haces con el banco o no. Aquí la entidad si te puede cobrar las comisiones y gastos.
  • El tercer paso es ir ante un notario (podemos elegir notaría) a entregar el certificado. La entidad tampoco puede cobrar aquí por nada. 
  • El cuarto paso también es gratuito y obligatorio. Hay que pedir y rellenar el documento de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) en una delegación de la comunidad autónoma correspondiente.
  • Por último hay que ir al Registro de la Propiedad. Nos cobrarán según el valor de la hipoteca. Hay que llevar la copia del impuesto, el certificado de deuda cero y la escritura. 
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