IRPF

Hacienda mira al campo y reduce módulos del IRPF para agricultores y ganaderos

El Gobierno ha aprobado una rebaja correspondiente a 2023 que beneficiará a 800.000 agricultores y ganaderos en España.

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Europa Press

Este viernes el Ministerio de Hacienda ha publicado en el Boletín Oficial de Estado (BOE) que ajusta las reducciones que se acogen al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), conocido como sistema de módulos. 

Estas modificaciones van a ser aplicadas a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales de 800.000 trabajadores, del ejercicio 2023, pese a que la campaña de la renta comenzó hace dos semanas. La medida ha dado respuesta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que consideró que durante el año 2023 la incidencia de la sequía y otras circunstancias fueron un problema para la rentabilidad de muchas de las explotaciones agrícolas y ganaderas.

Con el objetivo de tener en cuenta las circunstancias que afectaron a la rentabilidad, el gobierno eleva del 10% al 15% la reducción general sobre el rendimiento neto de estos módulos para las actividades de agricultores y ganaderos.

También se le concede una reducción adicional en los índices de rendimiento a aquellas actividades que hayan sufrido circunstancias excepcionales como incendios o inundaciones. Se estima que el conjunto de las reducciones va a suponer una rebaja de la base imponible del orden de 1.750 millones de euros.

El decreto ministerial incluye un anexo con las diferentes cuantías de reducción en función de la zona y el cultivo. Las reducciones para la declaración de la renta de 2023 para el sector agrícola es de 0,26 a 0,13 para los cereales y leguminosas, productos del olivo (de 0,26 a 0,13), uva para vino con D.O (de 0,26 a 0,22), uva para vino con D.O (de 0,26 a 0,18) y para las castañas (de 0,16 a 0,05).

Mientras que para las actividades del sector ganadero la reducción para bovino de carne extensivo pasa de 0,13 a 0,09, bovino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18), ovino y caprino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), porcino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), porcino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18) y apicultura (de 0,26 a 0,13).

Esta orden también establece que determinados sectores se benefician también de reducciones específicas, que son del 80% para las castañas, 50% para los cereales, leguminosas, olivar y apicultura; y del 20% para la uva de vinificación y sectores ganaderos de producción extensiva.

Además, permite que los declarantes en estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35% por la gasolina agrícola (gasoil B) y un 15% por la compra de fertilizante.

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