La Audiencia Nacional envía a San Sebastián la causa sobre el entramado económico de Egunkaria

  • Madrid.- La Audiencia Nacional se ha inhibido de la causa sobre el entramado económico del diario Egunkaria, que enviará al Juzgado decano de San Sebastián al considerar que no es competente para enjuiciar defraudaciones fiscales, sobre todo cuando los directivos del periódico han sido absueltos de terrorismo.

La Audiencia Nacional envía a San Sebastián la causa sobre el entramado económico de Egunkaria
La Audiencia Nacional envía a San Sebastián la causa sobre el entramado económico de Egunkaria

Madrid.- La Audiencia Nacional se ha inhibido de la causa sobre el entramado económico del diario Egunkaria, que enviará al Juzgado decano de San Sebastián al considerar que no es competente para enjuiciar defraudaciones fiscales, sobre todo cuando los directivos del periódico han sido absueltos de terrorismo.

En un auto, el titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, estima la cuestión de competencia que había planteado la Fiscalía y cree "evidentísimo" que no le corresponde el enjuiciamiento y fallo de los delitos contra la Hacienda Pública por los que se abrió juicio oral a los ocho miembros del consejo de administración de Egunkaria.

Este procedimiento sobre el entramado económico de Egunkaria se desglosó del sumario principal, en el que el pasado 12 de abril fueron absueltos los cinco directivos del diario de integración en ETA.

De los ocho procesados en la causa sobre el entramado económico, tres han sido absueltos del sumario principal.

La acusación popular ejercida por "Dignidad y Justicia" acusó a los ocho procesados de presuntos delitos de falseamiento de la contabilidad de los registros fiscales entre 1998 y 2001, de falseamiento de las condiciones para la concesión de subvenciones públicas y contra la Hacienda Pública por defraudación en el IVA en 2000 y 2001 y cifró en 5.481.832 euros el perjuicio causado.

En el auto, Vázquez Honrubia recuerda que "ni siquiera" la acusación popular enlazó la presunta defraudación fiscal con hechos que permitieran concluir "ni indiciariamente" que esa actividad fuera encaminada a financiar a la banda terrorista.

Para la Audiencia Nacional, carece de sentido que, por el mero hecho de que en el sumario principal se les atribuyera la condición de presuntos terroristas, de lo que han sido absueltos, "resulte que todos los delitos que supuestamente cometan tengan sin más tal carácter y deban ser enjuiciados por la Audiencia Nacional".

Por ello, asegura que no puede atribuirse a este tribunal la competencia para enjuiciar defraudaciones fiscales por hechos que, en todo caso, se habrían cometido en la sede social del periódico en Tolosa (Guipúzcoa).

Admitir lo contrario, dice el auto, sería tanto como entender competente a la Audiencia Nacional para cualquier delito cometido por un integrante o supuesto integrante de banda terrorista, cuando la competencia se determina "por razones objetivas, no personales".

Además, explica que los delitos por los que se acusa en esta causa no suponen una instrucción compleja, ni tienen repercusión en varias Audiencias Provinciales ni la cuantía de lo supuestamente defraudado es "de una extraordinaria gravedad susceptible de alterar el normal desarrollo de la economía nacional".

Por todo ello, acuerda inhibirse en favor del Juzgado Penal de la provincia de Guipúzcoa que resulte competente para enjuiciar la causa y que enviará, cuando sea firme, al Juzgado Decano de San Sebastián para su reparto.

Fuentes de "Dignidad y Justicia" han confirmado que recurrirán esta decisión del Juzgado Central de lo Penal.

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