La Audiencia Provincial de Sevilla avala que la banca use cláusulas suelo

  • La Audiencia Provincial de Sevilla ha avalado el uso de cláusulas suelo en las hipotecas, que impiden que los usuarios se beneficien de los bajos tipos de interés, por considerar que no son "abusivas", ya que la banca no impone a los clientes estas condiciones y su aceptación es "libre y voluntaria".

Madrid, 17 oct.- La Audiencia Provincial de Sevilla ha avalado el uso de cláusulas suelo en las hipotecas, que impiden que los usuarios se beneficien de los bajos tipos de interés, por considerar que no son "abusivas", ya que la banca no impone a los clientes estas condiciones y su aceptación es "libre y voluntaria".

En una sentencia fechada el pasado 7 de octubre, los magistrados revocan la resolución del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, que en septiembre de 2010 ordenó a BBVA, Caixa Galicia y Cajamar anular estas cláusulas por calificarlas de "abusivas".

La Audiencia Provincial de Sevilla argumenta que las hipotecas aportadas por estas tres entidades "en ocasiones contienen los pactos de limitación de interés y en otras ocasiones no", lo que descarta que las cláusulas suelo vengan impuestas de antemano y pone de relieve "la posibilidad de una negociación efectiva no meramente ilusoria o quimérica".

Los magistrados también entienden que las cláusulas suelo no son contrarias a la buena fe, porque están amparadas por la Orden Ministerial de 5 de mayo de 1994, que regula que estas condiciones se expliquen y redacten con "claridad y transparencia".

"Esta minuciosa regulación legal del recorrido preparatorio del contrato garantiza la transparencia, la información, la libre formación de la voluntad del prestatario, y si tras ello expresa su voluntad de aceptar y obligarse, ha de concluirse que lo hace libremente, con total conocimiento del contenido del pacto de limitación de la variabilidad de intereses", sostiene la sentencia.

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